Traducido del inglés para la REMDH por Carlos Sanchis y revisado por Caty R.
1. Introducción
El 1 de enero de 2010, España asumirá la presidencia de la Unión Europea (UE). Los asuntos euromediterráneos han estado tradicionalmente en lo alto de la agenda española, iniciada en el Proceso de Barcelona de 1995, en la que destacan la importancia de los derechos humanos y la democracia para la paz, la estabilidad y la prosperidad de la Región.
España también albergó la Cumbre de Ministros de Asuntos Exteriores de Valencia en 2003, en la que se desarrolló un programa de trabajo en el que se hicieron esfuerzos por aumentar la eficacia y ahondar en el diálogo por los derechos humanos. En 2005 auspició la Cumbre del Décimo aniversario del Proceso de Barcelona, que adoptó un programa de trabajo donde los socios acordaron «promover una Región Euromediterránea pacífica, estable y segura mediante el imperio de la ley, la democracia, y el respeto y fortalecimiento de los derechos humanos».
España ha aceptado ahora ser anfitriona del Secretariado de la Unión por el Mediterráneo (que sustituye al Proceso de Barcelona). Dicha unión se establece sobre «la ambición por construir un futuro común con base en el pleno respeto a los principios democráticos, los derechos humanos y las libertades fundamentales, según contemplan las leyes internacionales de derechos humanos, como la promoción de los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos; fortalecer el papel de las mujeres en la sociedad, el respeto a las minorías, la lucha contra el racismo y la xenofobia y el progreso del diálogo cultural y del conocimiento mutuo».
Así, las expectativas de que la promoción de la democracia y los derechos humanos en la Región Euromediterránea sean una parte importante del programa de la presidencia española son altas. Con este documento, la REMDH se propone transmitir sus recomendaciones a la presidencia española para que así sea.
La Unión por el Mediterráneo (UPM) se lanzó oficialmente en París el 13 de julio de 2008. Formada por 45 países de Europa y la zona del Mediterráneo, se propuso llegar a estar operativa en Marsella en noviembre de 2008.
Lamentablemente, la promoción y protección de los derechos humanos, así como la importancia de la participación activa de la sociedad civil, han encontrado poco espacio en los planes concretos de la UPM más allá de las declaraciones. De hecho, en varias ocasiones se han advertido obstáculos para la participación de la sociedad civil en las negociaciones de la UPM.
La UPM está prácticamente estancada desde la operación militar israelí sobre la Franja de Gaza llamada Operación Plomo Fundido, y la reunión para la planificación ordinaria de Ministros de Exteriores en Estambul, programada para los días 24 y 25 de noviembre de 2009, se ha aplazado. Además, la marginación actual de las instituciones europeas en la dirección de la UPM, incluidos los planes para el secretariado en Barcelona, con siete vicesecretarios generales de siete países diferentes, parece impedir la promoción y protección de los derechos humanos y la democratización dentro de la UPM.
Está previsto que bajo la Presidencia española tenga lugar una Cumbre de la Unión por el Mediterráneo. La REMDH insta a la Presidencia española a:
– Corregir las disfunciones organizativas y políticas de la UPM que amenazan la implementación de compromisos relativos a los derechos humanos y a la participación de la sociedad civil en las negociaciones de la Unión. La entrada en vigor del Tratado de Lisboa ofrece oportunidades al respecto.
– Asegurar que la promoción y protección de los derechos humanos y la democracia están presentes coherente y consistentemente en todas las políticas, programación y acciones de la UPM a niveles multilaterales y bilaterales.
– Garantizar una amplia consulta con la sociedad civil sobre las políticas, programación y actividades de la UPM. Esto debería incluir la participación de representantes de la sociedad civil en las reuniones pertinentes; entre otras, en las reuniones ministeriales.
2. Igualdad de género y derechos de las mujeres en la Región Euromediterránea
Los días 11 y 12 de noviembre de 2009, se celebró en Marrakech la Segunda Conferencia Ministerial Euromediterránea sobre el «Reforzamiento del Papel de las Mujeres en la Sociedad». La reunión estuvo precedida por una gran conferencia regional de la sociedad civil en Estambul (24 y 25 de Octubre de 2009), organizada por la REMDH y la plataforma Euromediterránea de ONG. En dicha cumbre se señaló que:
– La situación de los derechos de mujeres en la región ha visto pocos cambios positivos e incluso pueden notarse retrocesos.
– La igualdad de género todavía no está en el núcleo de la Asociación Euromediterránea o de la Política Europea de Vecindad (PEV), ni se menciona en la Unión por el Mediterráneo.
– No se han definido objetivos evaluables claros ni planes concretos de trabajo en el Plan de Acción de Estambul y no existen mecanismos apropiados de seguimiento.
– El Instrumento de Ayuda de Preadhesión es poco conocido por el público, las ONG y los países firmantes.
La REMDH agradece que los ministros, en Marrakech, reiteraran su compromiso de promocionar la igualdad entre hombres y mujeres, al tiempo que subraya la necesidad de que cada socio defina e implemente con claridad planes nacionales de acción al respecto. Asimismo, la Red reconoce las claras referencias hechas por los ministros a las obligaciones bajo las convenciones internacionales que incluyen la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación (CEDAW) y el reconocimiento del importante papel de las organizaciones independientes de derechos humanos y de las mujeres.
Por otra parte, la REMDH lamenta que no se adoptara ningún mecanismo apropiado de verificación con un encuadre claro en el tiempo, ni una asignación de responsabilidades, referencias e indicadores.
La REMDH recomienda a la Presidencia española que tome la iniciativa para:
– Validar y activar el marco de acción de Estambul, para lo que debe realizar un seguimiento y facilitar el establecimiento de los planes de acción nacionales allí establecidos. Dichos planes nacionales deberían prepararse de forma adecuada e incluir objetivos específicos, referencias, indicadores, plazos, determinación de responsabilidades y asignación de recursos. Además, las organizaciones de la sociedad civil, como valiosos aliados del proceso, deberían comprometerse activamente en el desarrollo de dichos planes.
– El establecimiento de mecanismos nacionales de seguimiento, observación y evaluación de la puesta en práctica de los planes en base a los indicadores y referencias identificadas.
– Asegurar que la equiparación de género se incluye en todas las políticas, programaciones y acciones de relevancia de la UPM, tanto a nivel multilateral como bilateral.
3. Defensores de derechos humanos
El gobierno español ha anunciado que la protección de los defensores de derechos humanos será una prioridad de su Presidencia, algo que la REMDH agradece. Cabe destacar que en varios países del este y el sur de la Región, dichos activistas trabajan bajo una constante vigilancia por parte de los servicios de seguridad y, en numerosas ocasiones, son víctimas de actos de acoso, intimidación, arrestos y ataques físicos.
Durante los dos últimos años, la REMDH ha sido testigo de pocas o ninguna mejora del estado de la libertad de asociación en las zonas antes mencionadas, y en algunos aspectos continúa el deterioro de la capacidad de ejercer este derecho. En numerosas ocasiones, los grupos pro derechos humanos se enfrentan a restricciones que van desde el rechazo del registro de organizaciones independientes hasta la interferencia en la dirección de la organización, pasando por el cierre de oficinas de las asociaciones o las restricciones de reunión y viaje (incluyendo restricciones a la recepción de visitas del extranjero).
La REMDH hace un llamamiento a la presidencia española para que:
– Tome la iniciativa para implementar sobre el terreno la Directiva de la UE sobre Defensores de los Derechos Humanos. Para ello debe desarrollar acciones como visitar a los defensores de los derechos humanos en la Región, así como a sus organizaciones, ofrecer espacios de encuentro, promover su libertad de movimiento (incluyendo facilitar visados cuando sea necesario), verificar juicios, emitir declaraciones públicas cuando los defensores están en riesgo o plantear los casos individuales en los diálogos políticos.
– Asegurar que la cuestión del derecho a la libertad de asociación y asamblea se trate donde y cuando ésta se infringe, como un punto específico de las conversaciones bilaterales.
4. Política Europea de Vecindad (PEV)
Durante la Presidencia española se llevará a cabo un proceso de revisión de los Planes de Acción de la PEV y/o la mejora de las relaciones con los socios del sur del Mediterráneo. En la reunión del Consejo de Asociación entre la UE y Marruecos del 13 de octubre de 2008 se acordó una hoja de ruta para un estatus avanzado para este país, aunque el Plan de Acción UE – Marruecos acaba a finales de 2010.
El 8 de diciembre de 2008, el Consejo de la UE confirmó su intención de mejorar las relaciones con Israel, y con ocasión del Consejo de Asociación UE – Jordania, el 16 de noviembre de 2009, confirmó su voluntad de mejorar sus relaciones con ese país. Además, Túnez y Egipto también expresaron su deseo de fortalecer sus relaciones con la UE (2).
La REMDH quisiera enfatizar que desde la conclusión de los primeros planes de acción de la PEV la situación de los derechos humanos en la Región Euromediterránea se ha deteriorado. La PEV se arriesga a perder credibilidad como instrumento de reforma a medida que crecen las presiones y se imponen restricciones a la sociedad civil, la democracia y los defensores y promotores de los derechos humanos.
La REMDH celebra la posición de la Comisión de principios de este año (1) por la que «la mejora formal estaría basada en compromisos para compartir valores e intereses y cuando la implementación del Plan de Acción demuestre la ambición del socio en cuestión para ir más allá, especialmente en lo que concierne a prácticas democráticas, respecto a los derechos humanos, libertades fundamentales y el imperio de la ley»‘. La REMDH apoya también el enfoque de la Comisión por el que las reformas judiciales y el imperio de la ley son «condiciones claves para un verdadero y efectivo acercamiento a la UE».
España presidirá las reuniones del Consejo de Asociación con Israel, Egipto, Líbano, Argelia y Túnez, así como las reuniones del subcomité sobre derechos humanos con Líbano, Jordania y Túnez.
La UE también manifestó su consentimiento para firmar un Acuerdo de Asociación con Siria, firmado unilateralmente el 27 de octubre de 2009.
Además, durante la Presidencia española, la comisión de la UE emitirá informes del progreso de los Planes de Acción de Vecindad Europea con todos sus socios.
La REMDH insta a la Presidencia española a:
– Promover proactivamente que los informes de progreso revisen amplia y analíticamente el contexto de los derechos humanos en los que los Planes de Acción se implementan. Además se pide que los progresos y retrocesos se evalúen mediante la introducción de un conjunto claro de indicadores y referentes que hasta ahora se habían pasado por alto.
– Poner en lo más alto de la agenda la cuestión de los derechos humanos y las reformas políticas en todos los diálogos políticos dentro de la estructura de la PEV.
– Tomar la iniciativa en poner como condición a cualquier relación entre la UE y sus socios el compromiso por los derechos humanos y sus mejoras, en forma de acciones concretas.
– Consolidar los procesos actuales de consulta con la sociedad civil antes y después de las reuniones dentro de la estructura de la PEV. La REMDH celebra el inicio de consultas ad hoc de la Comisión de la UE y las delegaciones de organizaciones de derechos humanos que tendrán lugar antes de las reuniones de los subcomités de derechos humanos y, en algunos casos, después de éstas. En general, se debería consultar sistemáticamente a las ONG de derechos humanos, a niveles locales y de oficinas comunitarias, sobre todas las reuniones de subcomités que traten de asuntos de derechos humanos (derechos humanos, políticos, justicia y seguridad, migración y asuntos sociales). El programa y las actas de las reuniones deberían hacerse públicas para permitir a las ONG contribuir al proceso.
– Asegurar una amplia consulta con la sociedad civil respecto a la revisión de los Planes de Acción de la PEV y a la mejora de relaciones.
5. Mejora bilateral de las relaciones con Israel
El 15 de junio de 2008 el Consejo de la UE acordó mejorar las relaciones bilaterales con Israel en la estructura de la PEV. Este hecho se llevó a cabo a pesar de las graves violaciones israelíes a los derechos humanos y a la ley humanitaria internacional en los Territorios Palestinos Ocupados (TPO), así como a la continua discriminación a la minoría palestina árabe dentro de Israel. La UE confirmó su consentimiento para esta mejora en sus conclusiones del Consejo de diciembre de 2008 y ofreció a Israel una mejora política de largo alcance. Durante el ataque de Israel a la Franja de Gaza y el período electoral en Israel la mejora se puso en espera por razones técnicas, y finalmente se aplazó de modo oficial en junio de 2009. La preocupación de la REMDH es que prevalezcan los negocios como de costumbre, puesto que la UE sigue fortaleciendo sus relaciones con Israel en el campo del comercio y la cooperación económica y técnica. En abril de 2009, el Consejo dio un mandato a Europol para negociar un acuerdo operativo con Israel. El 4 de noviembre de 2009, la UE concluyó un nuevo pacto con Israel sobre comercio agrícola, mejorando el acceso a los mercados de ambos partes que, según la UE, supone «un paso importante en la integración de los mercados israelíes y de la UE».
Este incremento de la cooperación desdeña las violaciones de Israel al derecho internacional y muchos la perciben como un premio a este país por su trato a los palestinos. Además, plantea una serie de problemas legales para la UE, principalmente debido a la aplicación de Israel del Acuerdo de Asociación a las ilegales colonias en los Territorios Palestinos Ocupados.
En septiembre de 2009, el informe de la Misión de Investigación de las Naciones Unidas sobre el conflicto de Gaza (el Informe Goldstone ) concluyó que tanto las fuerzas militares israelíes como los grupos palestinos armados violaron el derecho internacional y cometieron crímenes de guerra sumados a graves violaciones de las Convenciones de Ginebra y, posiblemente, crímenes contra la humanidad. El Informe Goldstone es una línea divisoria y su refrendación por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDH) del 16 de octubre de 2009 y la Asamblea General de la ONU el 5 de noviembre de 2009, representa un importante paso hacia la promoción de los derechos humanos y del imperio de la ley. Sin embargo, la REMDH lamenta la falta de apoyo de algunos Estados miembros de la Unión al Informe Goldstone y a sus recomendaciones. La Red cree firmemente que los derechos humanos y el imperio de la ley son componentes esenciales en la persecución de una paz justa y duradera en Oriente Próximo y, como tal, debe verse como un fundamento de cualquier proceso de paz. La UE y sus Estados miembros deben dar consistencia a sus compromisos declarados para luchar contra la impunidad, para apoyar el imperio de la ley y para promover el respeto al derecho internacional.
En vista de lo anterior, la REMDH urge a la Presidencia española a:
– Tomar una posición firme por la que cualquier mejora de las relaciones entre la UE e Israel se condicione al progreso tangible del respeto de Israel a las leyes internacionales de derechos humanos, a las leyes humanitarias y a sus compromisos con el proceso de paz. Esto incluye el levantamiento del bloqueo a la Franja de Gaza y el inicio de una investigación digna de crédito e independiente sobre la Operación Plomo Fundido, como recomendó la Asamblea General de la ONU el 5 de noviembre de 2009.
– Dar los pasos necesarios para situar la mejora sustancial de los derechos humanos en el centro de la relación entre la UE e Israel en cualquier relación bilateral nueva, condicionando el acceso a programas y agencias europeas a mejoras en la conducta de Israel respecto a los derechos humanos.
– Tomar los pasos necesarios para asegurar que cualquier instrumento de cooperación, actual y futuro, entre la UE e Israel se aplique únicamente en las fronteras de Israel internacionalmente reconocidas, sin que se beneficien las colonias israelíes en los Territorios Ocupados.
– Observar con detalle -en cooperación con las organizaciones israelíes y palestinas de derechos humanos- si se llevan a cabo investigaciones locales independientes y creíbles por Israel y por el lado palestino sobre las graves violaciones del derecho internacional y de los derechos humanos a las que hace referencia el Informe Goldstone. La UE deberá informar de sus conclusiones a la Asamblea General de la ONU, al Consejo de Seguridad y al Secretario General.
6. Migración y asilo
La adopción del tratado de Lisboa ampliará las competencias de la UE en el campo de la migración y el asilo. En el campo del asilo, el tratado prevé el desarrollo de reglas comunes (a diferencia de las normas mínimas previstas en el tratado de Ámsterdam). También prevé un sistema integrado de gestión de las fronteras externas y hace una referencia clara a la cooperación con terceros países con el fin de mejorar la supervisión de los flujos de personas que buscan protección internacional.
En relación al asilo, la REMDH desea subrayar los elementos siguientes:
– Los refugiados y las personas que buscan asilo se enfrentan a grandes dificultades cuando tratan de alcanzar lugares seguros en la UE. Debido a las operaciones de rechazo y a un control fronterizo severo e indiscriminado, que incluye operaciones en terceros países, quienes buscan asilo se encuentran frecuentemente atrapados en el norte de África y en Oriente Próximo (OPNA). Estas localizaciones no ofrecen ningún tipo de de protección a pesar de la presencia de ACNUR.
– Varios países de la región no han ratificado aún la Convención de Ginebra de 1951 sobre el estatus de los refugiados y ninguno de los países de la región cuenta con un sistema apropiado de asilo. Los refugiados y los buscadores de asilo se enfrentan a una vulnerabilidad extrema y frecuentemente se les impide el acceso a sus derechos más básicos.
– Cuando los buscadores de asilo logran alcanzar Europa sus oportunidades de procesar adecuadamente su petición de asilo varían mucho dependiendo del país en el que cursen la demanda.
– En relación con el control fronterizo, la UE y sus Estados miembros tienen un vehemente interés en promover la cooperación con terceros países para mejorar el control de los flujos migratorios. Hasta el momento, parece que la UE ha fracasado en integrar de forma adecuada los derechos humanos a estas políticas de cooperación. La mayoría de los países de la región criminalizan la migración irregular; los migrantes son arrestados arbitrariamente y puestos bajo detención, sin posibilidad de apelación, pudiendo ser sometidos en muchos casos a malos tratos o a la deportación ilegal.
– La ultimación de los acuerdos de readmisión está promovida por la UE y sus miembros. Las negociaciones entre la UE y Marruecos han durado varios años para concluir tal acuerdo. También se ha otorgado un mandato de los estados miembros para negociar un acuerdo con Argelia.
La REMDH cree que devolver migrantes a países que no sean los suyos propios, o a países donde no tengan ningún arraigo ni residencia legal, les puede poner en peligro.
Las operaciones de interceptación y la obligación de forzar a los migrantes a retroceder, incluso en el mar, son otros instrumentos políticos estimulados por la UE y sus Estados miembros. Varias de estas operaciones han dado como resultado la puesta en peligro de la seguridad de los migrantes y demandantes de asilo, y pueden haber constituido una violación del principio de no devolución.
La REMDH reconoce el derecho de un Estado a controlar sus fronteras, sin embargo, insta a la Presidencia española a promover activamente políticas que aseguren que:
– La cooperación con terceros países de la Región no ponga en peligro a los migrantes y refugiados.
– La política de cooperación en el campo de la gestión de fronteras contemple el impacto de tales medidas en el acceso de los refugiados a los mecanismos internacionales de protección, incluyendo Europa.
– Los Estados miembros de la UE respeten estrictamente el principio de «no devolución», así como su obligación bajo el artículo 3 de la Convención Europea sobre Derechos Humanos (CEDH)
– Ninguna persona se devuelva a ningún país que no sea el suyo propio o uno en el que tenga residencia legal
(1) Comunicación de la Comisión al Parlamento y al Consejo Europeo: Implementación de la Política Europea de Vecindad en 2008 (COM 2009 188/3)
(2) Declaración de la UE en el Consejo de Seguridad de la ONU sobre Oriente Próximo, incluyendo la cuestión palestina, Nueva York, 14 de octubre de 2009 : http://www.se2009.eu/en/2.543/2.578/2.705/2.720/1.19297