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Una constitución contra los trabajadores

Fuentes: Rebelión

«No,jo dic no,diguem no.Nosaltres no som d’eixe món.»RaimonEl próximo día 20 de febrero de 2005 quieren vendernos un paquete, y pretenden que lo compremos sin abrirlo, no vaya a ser que descubramos que, en realidad, nos quieren dar gato por liebre. Han encargado a los loquillos, butragueños, gabilondos, delolmos, cruyfs, teresascampos y otros vips que […]

«No,
jo dic no,
diguem no.
Nosaltres no som d’eixe món.»

Raimon

El próximo día 20 de febrero de 2005 quieren vendernos un paquete, y pretenden que lo compremos sin abrirlo, no vaya a ser que descubramos que, en realidad, nos quieren dar gato por liebre. Han encargado a los loquillos, butragueños, gabilondos, delolmos, cruyfs, teresascampos y otros vips que coloreen el envoltorio, leyendo pasajes selectos del librito azul. Bonitas palabras de bisutería fina que, a  modo de cortina de humo, pretenden que pase desapercibido el contenido real y descarnado del llamado «Tratado por el que se establece una Constitución para Europa».

Sin embargo, han dispuesto que esos personajes se abstengan de leer otros artículos, como los que proponen la militarización creciente (Art. I-41.3), dentro de los «compromisos» en el marco de la OTAN (Art. I-41.2 y .7), y, por ende, la sumisión a los Estados Unidos. Ni tampoco ponen el acento en la falta de libertad de los pueblos al ejercicio de su propia determinación, lengua y cultura, ante el absoluto protagonismo de las estructuras burocráticas de los estados (Art. I-5), por no hablar del mantenimiento de los privilegios de las iglesias (Art. I-52), en detrimento de la necesaria laicidad de la sociedad.

Quien no dice toda la verdad, no dice la verdad. Y es que sería bueno que nos leyeran y nos explicaran, además de las disposiciones antidemocráticas y militaristas ya aludidas, la parte que, por contenido y extensión, se convierte en el principal objetivo del Tratado: la Parte III «De las políticas y el funcionamiento de la Unión», que ocupa casi tres cuartas partes de todo el articulado (322 de un total de 448 artículos). Todo un auténtico programa neoliberal, sorprendentemente detallado para un texto «constitucional», y casi imposible de reformar (se requiere «unanimidad» para ello, según el Art.IV-445).

Es en ésa Parte III donde quedan reflejadas las únicas libertades que, de verdad, se garantizan en el Tratado: la libertad de movimientos de capitales (Art. III-156), y la libertad de mercado (Art III-314), con el impedimento de «aproximación» legal, mediante ley marco europea, de los estados miembros en materia relativa «a las disposiciones fiscales, a las disposiciones relativas a la libre circulación de las personas ni a las relativas a los derechos e intereses de los trabajadores por cuenta ajena» (Art. III-172.2. Allí es también donde se reitera el blindaje al Banco Central Europeo de cualquier atisbo de control democrático (Art. III-188, ya impuesto desde el Art. I-30), o donde los derechos sociales quedan condicionados a «la necesidad de mantener la competitividad de la economía de la Unión» (Art. III-209).

¿Dónde quedan, pues, los derechos y libertades de los trabajadores y las trabajadoras? El artículo II-75 habla de «derecho a trabajar», pero no del «derecho al trabajo». Esto no solamente es una diferencia semántica: es, sobre todo, una usurpación política de ése derecho. El derecho al trabajo se considera el de la dignidad y estabilidad del único patrimonio de los trabajadores, el puesto de trabajo, y eso es lo que, en este Tratado, no solamente no se recoge, sino que se cercena. Ese «derecho a trabajar» no va acompañado de las condiciones de dignidad para ejercerlo, ni tampoco de los derechos a percibir un salario justo, prestaciones por desempleo o pensiones públicas suficientes, ni otros servicios públicos, que son eliminados o privatizados. «Todo ciudadano de la Unión tiene libertad para buscar un empleo, trabajar, establecerse o prestar servicios en cualquier Estado miembro» (mismo artículo). Es decir, el derecho al trabajo queda substituido por la «libertad» para busca
 rnos la vida, con nuestros derechos reducidos a papel mojado.

Es en el mismo artículo II-75 donde queda definida, además, la discriminación de los trabajadores inmigrantes «que estén autorizados»: no se les garantizan los mismos derechos que el resto, sino «unas condiciones laborales equivalentes». Nada dice de los no autorizados, que existen y existirán a millones en la Unión europea, a causa del empobrecimiento sistemático de sus países. Mucho nos tememos que la Europa fortaleza, que se consagra con este Tratado, se convierta en la Europa del «apartheid». Este modelo de Europa cierra las puertas a los excluidos del mundo, inspira e impone leyes cargadas de xenofobia y racismo, como la Ley de Extranjería española, fomentando de ésa manera la violación de los derechos humanos, la exclusión social, la represión y el rechazo hacia los trabajadores inmigrantes.

El Tratado defiende una «economía social de mercado altamente competitiva» (Art. I-3.3), y «una mano de obra cualificada, formada y adaptable (sic), así como unos mercados laborales capaces de reaccionar rápidamente a la evolución de la economía» (Art. III-203). Si además, en materia de empleo, «La ley o ley marco europea no incluirá armonización alguna de las disposiciones legales y reglamentarias de los Estados miembros» (Art. III-207, ¿vía libre a las «deslocalizaciones»?), y todo ello se hace «teniendo en cuenta la diversidad de las prácticas nacionales (por ejemplo, la discriminación laboral efectiva de las mujeres)… así como la necesidad de mantener la competitividad de la economía de la Unión»… (Art. III-209).

Cuando hablan de «la economía de la Unión», ¿a qué economía se refieren? ¿a la suya o a la nuestra?. ¿En qué consiste ésa «adaptación»?  La respuesta a todo esto la encontramos en un titular de prensa de estos días, uno entre tantos otros desgraciados ejemplos del actual estado de cosas: «Deutsche Bank eleva los beneficios un 87% y anuncia otros 3.280 despidos fuera de Alemania» (El País, 4-2-05). Mientras tanto, otra noticia periodística actual arroja bastante luz sobre a quién beneficia esta «constitución»: «Las grandes empresas apoyan la Constitución Europea.- Representantes de grandes empresas, como Telefónica, Iberia, SCH, Endesa, Iberdrola, Unión FENOSA, NH Hoteles, Fundación ONCE y Fiat, leyeron ayer artículos de la Constitución europea y pidieron el voto afirmativo en el referéndum del próximo 20 de Febrero, durante un acto organizado por la Plataforma Cívica por Europa» (El País, 2-2-05) ¿Es casualidad tanta celeridad (tres días antes del inicio de campaña) y tanta u
 nanimidad entre los grandes empresarios?

Así pues, ¿es éste el modelo de Europa que necesitamos los trabajadores? ¿Debemos, pues, dar nuestro apoyo, el próximo 20 de Febrero, al Tratado que lo consagra? Decididamente NO. En mi opinión, este Tratado, en la lógica de los anteriores, es el más potente mecanismo de sometimiento legal y político de los trabajadores, mediante la anulación de sus derechos, llevado a cabo en la historia reciente de Europa. Los trabajadores y trabajadoras somos sujetos de la historia, y no debemos resignarnos a ser objeto de explotación, como se nos condena en este Tratado. En consecuencia, debemos rechazar esta «constitución» que consagra los privilegios del capital, a costa de los derechos laborales y sociales de la población trabajadora.

Aspiremos a hacer realidad otra Europa, posible y necesaria, dotada con una Carta de Derechos Sociales y Democráticos que se elabore en un verdadero proceso de participación de los trabajadores, de la ciudadanía y de los pueblos. El hacer realidad ésa Europa, del futuro que queremos, pasa por votar NO, el próximo 20 de Febrero, y continuar día a día defendiendo nuestros derechos y nuestra libertad.

Pep Juárez es secretario general de CGT-BALEARS