El proyecto de Constitución europea es algo de lo que todos hemos oído hablar, pero sobre el cual apenas si se difunde ninguna información a fondo. La realidad es que cuando se produndiza en la letra de la misma, aparece en seguida un texto hecho completamente a medida de las grandes multinacionales, tanto en el […]
El proyecto de Constitución europea es algo de lo que todos hemos oído hablar, pero sobre el cual apenas si se difunde ninguna información a fondo. La realidad es que cuando se produndiza en la letra de la misma, aparece en seguida un texto hecho completamente a medida de las grandes multinacionales, tanto en el terreno político y económico. Así pudimos comprobarlo en la charla que al respecto dieron Jaime Pastor y Manuel Monereo, ambos miembros del Consejo Político Federal de IU, en la Asamblea de IU de Hortaleza, distrito de Madrid, el pasado 30 de enero. Por ello nos pareció muy interesante poder contar con las opiniones de dos compañeros que han leído y desmenuzado el texto constitucional. En el momento del cierre de esta edición no hemos recibido las respuestas del compañero Monereo, suponemos que por motivos de trabajo, pero las publicaremos en próximas ediciones si contamos con ellas. Conviene resaltar, para finalizar, una idea: el rechazo a esta constitución no significa que debamos adoptar una política nacionalista, todo lo contrario. Nadie tiene más motivos para abogar por una constitución europea que la izquierda, con su veterana vocación internacionalista, pero una constitución europea al servicio de los pueblos y de los trabajadores, que en lugar de crear un marco para una mayor explotación de los trabajadores a escala europea, cree un marco para una existencia digna para todos, donde las desigualdades sociales se equiparen al alza y no a la baja. La idea de unos Estados Unidos Socialistas de Europa, tal y como se mencionó en la charla, fue una reivindicación de los cuatro primeros congresos de la internacional Comunista y hoy deberíamos recuperar la idea pues nunca había sido más necesaria ni viable una Unión Europea… socialista.
¿Qué supone la Constitución europea en el terreno de las libertades democráticas?
El proyecto de Constitución europea incluye un reconocimiento formal de libertades democráticas básicas en el Título II de la Parte II. Pero la principal crítica que se le puede hacer en esta materia es que todas ellas están subordinadas al respeto al principio del mercado único en el que «la competencia sea libre y no falseada» y a la compatibilidad con las legislaciones de los Estados; incluso cuando se habla del surgimiento de situaciones críticas («en caso de graves disturbios internos…», artículo III.16), lo que preocupa a los autores del proyecto no es la garantía de las libertades individuales sino el funcionamiento del mercado interno. Hay también una ambigüedad consciente en el comienzo mismo de ese Título cuando en su primer artículo se equipara el derecho a la libertad con el derecho a la seguridad, pretendiendo así situar en un mismo plano ambos derechos cuando es el segundo el que debe quedar claramente subordinado al primero si no se quiere caer en la lógica «securitaria» que está llevando a medidas cada vez más restrictivas de libertades básicas. Esto último es evidente en el artículo III.177 cuando atribuye a la Europol «la prevención y la lucha contra la delincuencia grave que afecte a dos o más Estados miembros, el terrorismo y las formas de delincuencia que lesionen un interés común que sea objeto de una política de la Unión»; la definición tan amplia que del «terrorismo» ha hecho la UE no augura, por ejemplo, un respeto efectivo a libertades democráticas básicas. Al margen de ese Título hay dos derechos democráticos fundamentales que están restringidos o, simplemente, negados en este proyecto: el primero es el derecho a la ciudadanía basada en la residencia, cuya inclusión debería significar el reconocimiento de derechos plenos a los inmigrantes procedentes de países no comunitarios, con residencia estable en cualquier país de la UE; otro es el derecho a la autodeterminación de los pueblos sin Estado, ya que se constitucionaliza el respeto a la «integridad territorial» de los Estados miembros (artículo I. 5.1).
¿Y en el de la política armamentista?
En esta materia hay un objetivo claro: convertir a la UE en una potencia militar: así, en su artículo I.40.3 se dice: «Los Estados miembros se comprometen a mejorar progresivamente sus capacidades militares»; en el III.212 se crea la Agencia Europea de Armamento, Investigación y Capacidades Militares, situada bajo la autoridad del Consejo de Ministros»; en el III. 213 se fomenta la cooperación entre Estados «que respondan a criterios más elevados de capacidades militares» y se deja claro que todo ello se hará dentro del respeto a los compromisos de los Estados miembros con la OTAN (art. 214), algo proclamado ya claramente en el artículo I.40.2. Por lo tanto, se constitucionaliza la obligación de aumentar los gastos militares y la colaboración con EEUU en el marco de la OTAN, todo ello al servicio de una estrategia de «guerra preventiva» que, aunque con eufemismos varios, ha sido asumida por el documento Solana presentado en la Cumbre de Bruselas del pasado diciembre.
¿Qué relación guarda esta Constitución con el Acuerdo General de Servicios (AGCS) y qué consecuencias tendrá en los servicios públicos?
El proyecto no menciona el AGCS pero es evidente que el hecho de que no se hable en él de servicios públicos sino de «servicios de interés económico general», de que se limiten las ayudas estatales a las empresas públicas (arts. III.55, 56 y 57), se exija siempre el respeto a la libre competencia, así como el criterio de que para cualquier acuerdo comercial con otros Estados y organizaciones internacionales no haga falta la unanimidad en el seno de la UE (salvo en servicios culturales y audiovisuales), dejan la puerta abierta tanto al deterioro creciente de los servicios públicos en general como a que sectores básicos como la salud y la educación puedan ser liberalizados y privatizados en el marco del AGCS, asumido por la UE en su conjunto.
Entre otras cosas la Constitución habla de «mano de obra adaptable» a las necesidades del mercado, ¿qué consecuencias va a tener respecto a los derechos laborales de los trabajadores?
Obviamente, ese concepto contribuye a la constitucionalización de la figura del «precariado», sujeto a un mercado laboral de «usar y tirar», con mayor razón cuando el derecho al trabajo no está reconocido y es sustituido por el «derecho a trabajar» ( art. II.15.1) y la «libertad de buscar un empleo» (art. II.15.2), mientras que ni siquiera hay derecho a la indemnización o readmisión por despido injustificado (sustituido por «derecho a una protección en caso de despido injustificado», art. II.30). En resumen, la tendencia a la reducción al máximo de los costes laborales y a la inseguridad en el puesto de trabajo se refuerza en un contexto de diferencias salariales y de productividad notables entre los distintos países de la UE y entre los propios trabajadores, lo cual facilitará el libre movimiento de las grandes empresas transnacionales mediante la práctica del «dumping social», sin tener que pagar gran cosa por ello, como estamos viendo en los casos de Samsung, Nissan y otros.
¿Qué postura han tenido las distintas organizaciones de la izquierda europea respecto a la Constitución?
La gran mayoría de la socialdemocracia ha votado a favor del proyecto con el clásico argumento de que votar No supone estar contra Europa, presentando como un gran éxito la inclusión de la Carta de Derechos Fundamentales y la dotación de más competencias al Parlamento Europeo; la mayoría de los Verdes también ha hecho lo mismo, sosteniendo que es la única Constitución posible, dada la relación de fuerzas, y que estar en contra significaría estar con los nacionalismos estatales. La mayoría (24 miembros) del grupo parlamentario de la Izquierda Unitaria Europea ha votado en contra: Rifondazione, PC Francés, PC Portugués, griegos, LCR, LO; otra parte importante de ese grupo (14 miembros) se ha abstenido (entre ellos, los 3 diputados de IU) y 3 votaron a favor. Hay que señalar que en el Manifiesto de constitución del Partido Europeo de la Izquierda que promueven algunos de los partidos incluidos en este Grupo no hay un rechazo explicito del proyecto de Constitución, algo que me parece especialmente preocupante y que, desde luego, no ayudará a la confluencia de ese partido con el amplio movimiento «antiglobalización» que en su reunión de París en noviembre pasado sí manifestó su profunda crítica a ese proyecto. En cambio, la Conferencia de la Izquierda Anticapitalista Europea (en la que se encuentran LCR de Francia, Bloco de Esquerda de Portugal, Alianza RojiVerde danesa, el Partido Socialista Escocés y otros) sí se ha pronunciado claramente en contra del proyecto.