El silencio casi sepulcrar que reinaba en una abarrotada Sala de Vistas de la Corte Suprema de Justicia de Guatemala fue interrumpido abruptamente por el fuerte e interminable aplauso y los gritos de jubilo. La jueza Jazmín Barrios acababa de concluir la lectura de la sentencia condenatoria contra los exmilitares Esteelmer Francisco Reyes Girón y […]
El silencio casi sepulcrar que reinaba en una abarrotada Sala de Vistas de la Corte Suprema de Justicia de Guatemala fue interrumpido abruptamente por el fuerte e interminable aplauso y los gritos de jubilo.
La jueza Jazmín Barrios acababa de concluir la lectura de la sentencia condenatoria contra los exmilitares Esteelmer Francisco Reyes Girón y Heriberto Valdez Asig.
Finalmente fueron encontrados culpables de los delitos contra los deberes de humanidad en su forma de violencia sexual, esclavitud sexual y doméstica contra mujeres del pueblo originario maya Q’eqchi’, del asesinato de Dominga Coc y sus dos niñas, Anita y Hermelinda, así como de la desaparición forzada de siete hombres, esposos de las querellantes.
Por estas atrocidades fueron condenados a un total de 120 y 240 años de prisión respectivamente, y las penas son inconmutables.
En 1982, uno de los tantos destacamentos militares desplegados por la política contrainsurgente del Estado guatemalteco en pleno conflicto armado interno, se instaló en la comunidad de Sepur Zarco, en el nororiente del país.
Las mujeres fueron sometidas por los uniformados, violadas repetidamente y esclavizadas. Sus maridos fueron desaparecidos. El sólo hecho de estar tramitando la legalización de sus tierras fue considerado como un acto insurgente.
El horror de los abusos se prolongó durante más de seis meses y marcó sus vidas para siempre.
«El caso Sepur Zarco evidencia el trato cruel e infame al cual fueron sometidas las muejres, quienes fueron conminadas en el destacamento (militar) a sufrir violaciones constantes por parte de los soldados. Fueron sometidas a violaciones sexuales de forma continuada y también fueron sometidas a esclavitud doméstica», dijo la jueza Barrios durante la lectura de la sentencia.
Para las organizaciones que acompañaron a las querellantes, la violencia sexual fue una estrategia militar contrainsurgente y fue utilizada para el control de los cuerpos y los territorios.
«Al rendir sus declaraciones, las mujeres rompieron en llanto, expresando su dolor, tristeza, soledad y desamparo, no solo por lo ocurrido en este momento, sino también por su impotencia ante los hombres armados que cambiaron el rumbo de sus vidas, sin importarles las consecuencias de sus actos», continuó Barrios.
La jueza reconoció su valor y valentía como personas «al presentarse a declarar y exponer públicamente las múltiples violaciones sexuales de las cuales fueron objeto, las que indudablemente han dejado un estrés post-traumático de carácter irreversible», indicó.
«Reconocer la verdad ayuda a sanear las heridas del pasado y la aplicación de de la justicia es un derecho que asiste a las víctimas y contribuye a fortalecer el estado de derecho en nuestro país, haciendo conciencia que estos tipos de delitos no deben volver a repetirse», aseveró Barrios.
Esta sentencia sienta un precedente muy importante para Guatemala al juzgar la violencia y la esclavitud sexual, al tiempo que está conceptualizando y configurando estos tipos penales en el marco de los crímenes de guerra.
«Las mujeres decidieron romper el silencio. Están satisfechas y con el corazón feliz, y nosotras estamos aquí acompañándolas. Son un ejemplo de que en Guatemala sí es posible tener justicia», dijo una representante de la Alianza Rompiendo el Silencio y la Impunidad.
Fuente: http://nicaraguaymasespanol.
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