Dime cómo está compuesta la Corte y te diré cómo funciona el control de constitucionalidad, o cómo funciona en forma real y concreta. J. Vanossi Se ha dicho bastante respecto de la actuación de los Magistrados pertenecientes a una Sala del Órgano Judicial; periodistas, juristas y políticos les califican por mofa, antipatía o en vergonzosa […]
J. Vanossi
Se ha dicho bastante respecto de la actuación de los Magistrados pertenecientes a una Sala del Órgano Judicial; periodistas, juristas y políticos les califican por mofa, antipatía o en vergonzosa genuflexión, de ser una especie de deidad jurisdiccional del Todo absoluto ilimitado. No obstante, en dicha calificación hay un equívoco que pasa por atribuir una «nueva» función constitucional, lo cual no es cierto. Hoy como antes, la Sala de lo Constitucional solo cumple su papel, mismo que no radica en la santidad o puridad jurídica, sino en proteger la ideología burguesa y defender su orden económico asociado. Establecido lo anterior, hay que dejar sentado que en la actual función jurisdiccional constitucional, no hay nada nuevo; los señores de la Sala hacen lo mismo que sus antecesores, pero de diferente modo.
Esta nueva manera de hacer lo mismo, llama la atención no porque en ella se funde un nuevo constitucionalismo, sino porque en su ejercicio se ha borrado la delgada línea que separó el derecho de la política. Así pues la tendencial ubicuidad de los magistrados y su paralela expansión de competencias, obligan a analizar la función que se esconde tras la investidura denominada Magistratura Constitucional.
Es evidente que la hiperactividad de la sala constitucional no tiene antecedente; esto es así porque los acontecimientos a los que ahora se enfrenta, no tienen precedente. Desde la primera Corte Suprema de Justicia establecida en 1824, es decir, durante 192 años «todo funcionó«, el control constitucional se circunscribió a aplicar pasivamente las reglas que le ofrecía el sistema oligárquico. Leyes elaboradas por y para los intereses de unas pocas personas pertenecientes a una clase social privilegiada eran entregadas al Órgano Ejecutivo, quien a su vez las presentaba a la Asamblea Legislativa para su formal o burda aprobación. La mayoría de esas leyes, fueron adversadas mediante demandas de inconstitucionalidad, pero todas terminaban siendo avaladas por la Sala en cuestión.
Este círculo vicioso y abominable, por décadas fiel constructor del estado oligárquico, sufre un quiebre en 2009. Las luchas históricas y las alianzas estratégicas que pugnaron por un espacio durante décadas, emergen del crisol de la guerra e irrumpen con nuevas fuerzas en el terreno, haciendo del Gobierno Ejecutivo un territorio en disputa en el que las fuerzas progresistas se recomponen y reagrupan con esperanza, mientras que las fuerzas neoconservadoras buscan enfrentar lo que perciben como una peligrosa amenaza. Es en este nuevo escenario que aparecen los abogados de quienes hablamos, ahora los cambios estratégicos introducidos desde el Órgano Ejecutivo o logrados mediante la conformación de alianzas partidarias con la izquierda, deben ser declarados inconstitucionales. Nótese que los efectos son iguales a las sentencias del pasado, empero la forma de lograrlo ha cambiado. La explicación del fenómeno no debe buscarse en la ciencia jurídica, para comprenderlo debemos acudir a la teoría crítica formulada en la Escuela de Fráncfort, quien afirma que cuando una sociedad consolidada es puesta en peligro por obra de tensiones que le son inmanentes, crecen fuerzas que apuntan a conservar la ideología y, por fin, se vigorizan los medios para sostenerla con la violencia 1 ; así pues, la elección de Edward Sidney Blanco Reyes, Florentín Meléndez Padilla, José Belarmino Jaime y Rodolfo Ernesto González Bonilla en julio de 2009 para magistrados de la Sala de lo constitucional constituye el nacimiento de la trinchera que defenderá el interés capitalista.
Es una buena estrategia, pues a diferencia de los otros Órganos de Estado, para la elección de la persona que ocupará una magistratura no se requiere de participación democrática ni mucho menos de ilustración o sapiencia jurídica, por el contrario, reclama un oscuro lobby abogadil y correlación política de las fuerzas conservadoras para resultar electo.
Carentes todos de legitimidad democrática y de conocimiento jurídico de algunos, los magistrados se nos presentan como jueces imparciales, apolíticos, independientes y poseedores exclusivos de una agudeza interpretativa sin igual; con dichas armas dicen defender la Constitución. Pero, ¿De quién la están defendiendo? y más importante aún ¿Qué constitucionalismo defienden?
El único constitucionalismo que importa a la persona electa como magistrado propietario de la sala constitucional (con posterioridad a 2009), es aquél que se sustente en alguno de tres objetivos siguientes: preservar el orden económico burgués, ahogar económicamente los gobiernos afines al FMLN y desacreditar hasta cambiar el régimen político electoral. Advertir que no es la «Constitución (toda)» lo que defienden, sino un constitucionalismo sui generis que solo atiende derechos políticos de unos y garantiza el liberalismo económico de otros.
Desenmascararles no ha sido fácil en el mundo intelectual y menos en la Academia de jurisprudencia, ya que entienden las sentencias constitucionales como dogmas, realidades dadas y suprahitóricas que no pueden ni deben ser cambiadas. Ha sido el sentido común popular que logra despojarles de su aureola de santidad y desvelar que todo su accionar, por más que se esconda en su jerga jurídica, fracasa en el punto medular… La Justicia.
Todo magistrado o juez de derecho está obligado a fundar sus sentencias, para ello se asisten de razones lógicas, legales, históricas o utilitarias en sus respectivos fallos. Sin embargo, el núcleo esencial de toda verdadera sentencia, no se encuentran en la lógica, la ley, la historia, ni la utilidad, separadas o conjuntamente, todas son insuficientes. Lo que cuenta en realidad es la Justicia. Ésta idea de lo justo, la conoce muy bien el pueblo salvadoreño, no en su vertiente positiva, sino en su amargo y doloroso opuesto, «lo injusto«; buscamos la justicia, no como valor abstracto, sino porque nos reconocemos en una concreta y especifica sociedad injusta.
Nuestra Constitución contiene el fundamento formal para acceder a la justicia, otorgándonos el derecho al Bien Común y a la Justicia Social, más ello es insuficiente, se necesita de una Magistratura de orden constitucional que dé dicho sentido en cada caso concreto. Éste, por supuesto, es otro constitucionalismo, no el defendido por ninguno de los actuales magistrados.
Hay que reivindicar no la Constitución per se, sino la Justicia Social que ella alberga como valor supremo. Para ello es necesario alterar el status quo del poder económico, es decir, se requiere alterar el actual orden económico, que concentra en pocas familias más del ochenta por ciento de la riqueza nacional. Esta es la tarea del Gobierno, de las izquierdas y del Movimiento Social, dicha tarea no deben relegarla o peor aun abandonarla en manos de los Magistrados. Por el contrario, es menester criticar su actuación al menos desde dos frentes, uno el jurídico y otro el político, la comunidad jurídica deberá encargarse del primero y las fuerzas progresistas del segundo, esto último en razón de que las decisiones de estos pseudo-constitucionalistas son cada vez más relevantes incluso para quienes no participan directamente o tienen interés en el litigio constitucional, por ello sus sentencias son de efectos policéntricos mas que tríadicos y cuyos efectos erga omnes afecta a la sociedad en general. Dejar que cuatro o cinco personas se abroguen la facultad de judicializarlo todo, conlleva el riesgo de conducirnos al fascismo.
Recuérdese la magistratura alemana que durante la República de Weimar -organización cuya lealtad constitucional era por lo menos dudosa- pudo desempeñar un papel político autónomo gracias a la debilidad de las instituciones político-representativas, ello provocó inestabilidad política y social, en la que se produjeron golpes de Estado, intentonas revolucionarias y fuertes crisis económicas. Combinación perfecta que provocó el ascenso del Nationalsozialistische Deutsche Arbeiterpartei (NSDAP) con Adolf Hitler a la cabeza; la Judicialización de la política no es parte del pasado sigue vigente; recientemente se destituyó a la presidente constitucional de Brasil mediante un juicio político que pasándose por alto 54 millones de votos impuso al presidente más impopular del que aquel país tenga noticia. Los recientes acontecimientos nacionales indican que no estamos muy lejos de aquellas realidades, existe un intento multifrontal de provocar la caída del Gobierno y posibilitar el ascenso por «aclamación» de las fuerzas políticas más reaccionarias y de tradición oscura que haya conocido el país, en dicho sentido, los magistrados con su constitucionalismo sui generis se vuelven congéneres con ARENA, crimen organizado, ANEP y la oligarquía, pues el accionar de todos responde a una misma y estricta raíz.
Que no llame a confusión el que unos (magistrados) provengan de las filas humanistas, académicas o progresistas, más que su trayectoria pasada incumbe preguntarse ¿Cómo influye en ellos el ejercicio de su cargo? Y cómo se comportan actualmente frente a presiones de grupos de poder; es ahí dónde se descubre la actual patología de los magistrados. Incapaces de dañar el espíritu del CAFTA-DR, los intereses de transnacionales telefónicas, concesionarios energéticos, estos auto erigidos como no justiciables en su accionar exhiben su filiación y vinculación política con el gran capital y lo único nuevo que ha de adjudicárseles, es que son los primeros a quienes toca arrancarse la toga jurídica y amarrarse las botas políticas; hecho que les convierte en sátrapas cuyas decisiones no merecen el más mínimo respeto ético, moral, político o legal.
La amenaza que se cierne es de tal calibre y el descrédito de la Sala de tal magnitud, que poco vale reproducir el estribillo popular de: «respeto la resolución aunque no la comparto«; esa discrepancia hoy atomizada debe transmutar y cualificarse en irreverencia organizada, es imprescindible despojarles de la pretendida santidad de su investidura y poner coto a la superioridad de su cargo. Por ello desde este espacio hacemos un llamado al Desacato popular organizado en todos los frentes posibles.
En principio toda persona inmersa en el ámbito jurídico debe rescatar el pensamiento crítico que caracteriza el ejercicio y oficio de la abogacía, se debe desvelar que los fallos de la Sala no son verdades últimas y que sus veredictos, son únicamente juicios interesados con pretensión de veracidad objetiva; se trata de desenmascararles completamente y caso a caso, evidenciando que su constitucionalismo permanece encerrado dentro de los límites impuestos por el régimen económico y responde a los círculos de poder nacionales y estadounidenses; dichos razonamientos deberán ser discutidos pero sobre todo socializados con el Movimiento Social y los más amplios sectores populares, puesto que es con ellos con quienes deberá organizarse el desacato . Las mayorías populares deben acceder al conocimiento claro y sin equívocos que el declarar inconstitucional la recaudación fiscal, no solo favorece a los ricos, sino que impide la realización de sus derechos constitucionales fundamentales; que el entorpecer la gestión del Ejecutivo daña los programas sociales y le afecta en su esfera personal impidiendo gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales; que alterar el sistema electoral vía sentencias constitucionales únicamente es para que ARENA gane las próximas presidenciales y ponga la Cosa Pública al servicio de la oligarquía nacional y los intereses de transnacionales, que si aun así no pueden conseguirlo están dispuestos a dar Golpe de Estado; por tanto, no es cierto que los magistrados puedan hacer «lo que sea» harán solo lo que responda a las acción antes descritas. Ello implicaría un revés histórico en la lucha por nuestra verdadera autodeterminación.
En resumen, se trata de devolverle al soberano la potestad de discutir políticamente la gestión de la Cosa Pública y el quehacer constitucional, retomando su facultad de acción emancipatoria, sin subordinarse ante decisiones políticas que le son ajenas e impuestas; para que a su vez exija a toda persona funcionaria de este Gobierno el desacato/incumplimiento de toda medida cautelar o sentencia de la Sala, mediante la creación de nuevas situaciones jurídicas mediante convenios, acuerdos, resoluciones, decretos o leyes habilitantes que respondan a las necesidades sociales reales y no a falacias jurídicas.
Un Desacato popular organizado desde el Pueblo enarbolando la Justicia Social y el Bien Común no fracasará, pues no pretende cambiar la institución denominada Sala de lo constitucional sino destruir su piedra angular, es decir, la falsa creencia de que sus designios son ley. Nuestra historia la construiremos aquí y ahora, sin sátrapas locales ni injerencias norteamericanas.
¡Viva el Desacato popular organizado!
Nota:
1 HORKHEIMER, Marx. Teoría crítica. Amorrortu, Buenos Aires, 1974, p. 16.
Luis Francisco López. Abogado Constitucional, salubrista y ambiental.
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