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Aborto terapéutico en la realidad nicaragüense

Fuentes: Rebelión

En esta nota pretendo desglosar un circunstancia de apremiante resolución –el FSLN debe de rectificar ese error en el momento mismos en que alcance mayoría en las próximas elecciones-, en donde no sólo expondré mi idea desde mi militancia, sino que también acudiré a mi formación académica al respecto; y de hecho exponer una posible […]

En esta nota pretendo desglosar un circunstancia de apremiante resolución –el FSLN debe de rectificar ese error en el momento mismos en que alcance mayoría en las próximas elecciones-, en donde no sólo expondré mi idea desde mi militancia, sino que también acudiré a mi formación académica al respecto; y de hecho exponer una posible resolución para que el derecho al aborto –no solo el terapéutico– sea integrado plenamente en los derechos de la mujer nicaragüense…

Como ya hemos abordado arduamente no todo lo acontecido durante cinco difíciles años de gobierno en minoría ha sido acertado, uno de esos desaciertos es sin duda la prohibición del aborto terapéutico (1) –convertido en antojadiza arma política de la oposición (por que la solución la tienen en sus manos)-, pero que en modo alguno se debe solo al concurso de la bancada del frente, pues la realidad es que esa prohibición solo fue posible gracias al voto mayoritario de la oposición –de hecho una de las pocas leyes, sino la única (en este momento no recuerdo otra), que ha recibido una respaldo casi unánime de los otros partidos políticos-, o lo que es lo mismo, la prohibición solo fue posible gracias al apoyo decidido de los sectores opositores. Para comprenderlo debemos de atender al hecho incuestionable de que las sociedad nicaragüense, la militancia del frente y la oposición misma, pertenecen a confesiones judeocristianas o han sido educados en el seno de moralidades derivadas de lectura fundamental de lo «sagrado» –como la inmensa mayoría de los miembros de la sociedad nicaragüense-; un puñado de dogmas a los que es difícil escapar o romper dada la naturaleza de los mismos y las edades tan tempranas en que se van integrando a la cultura de cada sujeto… Atiéndase al hecho de que el GRUN está en el poder en minoría, por cuanto, la oposición puede perfectamente modificar esa ley (cuenta con el número de votos necesarios), pero solo acude a la denuncia y no a la resolución, lo que nos deja ver que su afán es meramente oportunista…

  El problema ocurre cuando desde sectores feministas –no todos-, entidades sociales y demás sectores, enmarcan su lucha por la instauración del Aborto terapéutico, algo que no defiendo –soy más ambicioso-, pues en definitiva estaríamos ante el mismo problema que dio lugar a la prohibición, pues la ley estaría dando la decisión de si el aborto es o no realizable a un facultativo (médico) que en última instancia puede –no hay estadística, pero es asumible que la mayoría de esos médicos pertenecen o simpatizan con idearios religiosos judeocristianos– estar condicionado por su ideario religioso, muchas veces fundamentalista…, es decir, los dogmas de aquellos médicos que se ubican por delante del código deontológico de la profesión que desempeñan, se convertirán inevitablemente en un lastre para la ley y para el derecho de la mujer aquí abordado…

Desde mi punto de vista, el aborto debe de estar regido en base a plazos –tres primeros meses por ejemplo-, para ello habría que determinar algunas cosas al respeto: ¿En qué momento un puñado de células en desarrollo pasan a convertirse en un ser humano? ¿Qué es un ser humano? ¿Qué es más importante, la vida de un humano formado, o de un puñado de células en formación que carecen de independencia para su supervivencia?

No obstante, este derecho debe de ser contemplado como lo que verdaderamente es, una medida extrema que pretende dar resolución a circunstancias excepcional en la vida de una ciudadana; que por lo demás, sea terapéutico o no, implica un trauma terrible –psicológico y físico– para la mujer que lo sufre y que encierra muchos riesgos –incluida la vida-… Por cuanto, el mismo debe de ser contemplado como un derecho al que sólo hay que recurrir cuando los programas dedicados a la planificación familiar fallan… Así que no solo se trata de la ley; se trata de desarrollar los programas de planificación familiar –así está ocurriendo en el ámbito de la salud (son gratuitos)-, acompañado de un buen plan de educación sexual en el plano educativo, desarrollado a todos los niveles, para que evitar que nuestras ciudadanas tengan que recurrir a tan extrema medida…

Nota:

1 En 1920 la URSS se convierte en la primera nación en legalizar el aborto, reconociendo el derecho de la mujer rusa para detener un embarazo no deseado en relación a problemas de salud.

Blog del autor: http://bitacoradeunnicaraguense.blogspot.com/

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