
El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégicode uso público, inalienable,imprescriptible, inembargable y esencial para la vida.
-Artículo 12, Constitución de la República del Ecuador
El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégicode uso público, inalienable,imprescriptible, inembargable y esencial para la vida.
-Artículo 12, Constitución de la República del Ecuador
El desafío es contar con una norma acorde con los derechos establecidos en la Constitución y que enfrente las graves amenazas que representan el extractivismo minero y petrolero, los agronegocios, las represas e hidroeléctricas, la financiarización del agua.
«Es la primera vez que una propuesta legislativa se enfoca exclusivamente en las relaciones con Ecuador y reconoce al país como un socio democrático y estratégico clave en América Latina para EE.UU.», señaló un comunicado de la Cancillería ecuatoriana.
Entre los historiadores del Ecuador, se denomina “época plutocrática” a la que vivió el país entre 1912 y 1925.
A pesar de que en las últimas elecciones, Pachakutik alcanzó una votación histórica, las disputas internas han fragmentado al movimiento. ¿Cómo se explican esos quiebres?
Denuncian maltratos, humillaciones y gritos en las sesiones de la comisión.
El libro «Republicanos negros – Guerras por la igualdad, racismo y relativismo cultural», de José Antonio Figueroa, es un aporte imprescindible sobre la historia de la afrodescendencia en Cuba y Ecuador.
Hoy podemos volver a conjugar la defensa de la vida en clave de participación social, a través de la consulta popular para proteger de la minería a los bosques, ríos y biodiversidad del Noroccidente de Quito.
La Ley que permitiría el aumento de las tarifas de servicios que proveen los activos del Estado a ser privatizados también tiene un beneficio más para el sector empresarial: el no pago de impuestos, es decir, exenciones tributarias.