El caso del asesinato de los jesuitas y sus empleadas, delito de lesa humanidad, se consideraba resuelto por ciertos sectores, y además olvidado por la amnistía
La acción legal iniciada en Madrid por los familiares de los sacerdotes jesuitas, asesinados en noviembre de 1989, en plena guerra civil, en nuestro país, llegó a la etapa en la que el juez español dictó orden de detención internacional contra 20 militares salvadoreños. Se trata de una querella sobre una clase de delitos que corresponden al Derecho Penal Internacional. Se llaman delitos de lesa humanidad porque la víctima no es solamente el más cercano familiar sino la humanidad misma, y a partir de esta calidad, la acción penal es imprescriptible; es decir, que en cualquier tiempo, sin plazo alguno, se puede establecer querella.
Además, en esta clase de delitos, no funcionan amnistías, es decir que ningún Estado puede declarar amnesia y olvido sobre los mismos. También funciona una jurisdicción que supera la tradicional jurisdicción territorial, en virtud de la cual conoce el juez del territorio donde se ha cometido el ilícito. Aquí estamos en una jurisdicción diferente, que se corresponde con una especie de justicia llamada universal, en donde tratándose de determinados delitos como genocidios, crímenes de guerra de lesa humanidad, cualquier Estado, en determinadas circunstancias, puede actuar. Y todo esto está contenido en el sistema de tratados internacionales que los Estados han firmado.
En nuestro país, la referida detención internacional sacó a flote varias verdades que permanecían ocultas porque desató una discusión que, en una mirada superficial, se consideraba resuelta. Y el caso del asesinato de los jesuitas y sus empleadas, delito de lesa humanidad, se consideraba por ciertos sectores, resuelto, y además olvidado por la amnistía. Toda esta posición estaba en correspondencia con la tesis de que El Salvador vivía un momento de florecimiento de una democracia que algunos calificaban de «inicial», pero con condiciones de desarrollo.
Al terminar la guerra y al renunciarse a la post guerra, en nuestro país también se renunció a la verdad histórica, a la justicia, al perdón, a la reconciliación, a la restauración y a la reparación. Por eso la sociedad entró, lenta pero seguramente, de la guerra civil a la guerra social en la que actualmente nos encontramos, y así, las órdenes de detención internacional pusieron en primer plano, como es lógico que ocurriera, el debate político pendiente, con mucho más vigor que la dimensión jurídica, también real, del juicio de Madrid.
El debate político corresponde al mundo real de hace 20 años y demuestra que nada ni nadie está olvidado, que los acontecimientos están a flor de piel, y que la memoria tiene capacidad para vencer a la historia. La historia, oficial en este caso, indica que todo está resuelto; pero la memoria demuestra que nada lo está, que está pendiente verdad, justicia, perdón y reconciliación, y que, en su ausencia, se ha instalado la guerra social más cruenta, más sangrienta, y que vivimos la mayor incertidumbre de nuestra historia.
La coyuntura revela dramáticamente las conductas políticas reales que se corresponden con el régimen político real que se impone a la sociedad real de El Salvador. Nos encontramos con que el autoritarismo y la impunidad siguen siendo las características determinantes del poder político ejercido, más allá de cualquier discurso o figuración que toda persona, bien intencionada o no, pueda hacerse del país en el que vive.
Veamos las cosas: estamos frente a un juicio que se corresponde con el Derecho Penal Internacional, en donde, en virtud del tratado internacional correspondiente, celebrado y ratificado por El Salvador, el país se compromete a cumplir órdenes internacionales de captura. Luego vendrá una petición de extradición del Reino de España al Estado de El Salvador, y será la Corte Suprema de Justicia la que resolverá, de acuerdo al tratado de extradición celebrado con España, el 10 de marzo de 1997. Una vez resuelta esta etapa procesal, concediendo o negando la extradición, de acuerdo al mencionado tratado, el juicio proseguirá en los tribunales madrileños, y vendrá, finalmente, una absolución o una condena para los indiciados. Si fueren condenados, se convertirían en prófugos internacionales y de delitos de lesa humanidad. Y, sin duda, pendientes de la decisión del gobierno de turno sobre su entrega o no a las autoridades españolas. Este es el panorama frío de la situación y resulta claro que la pelea legal deberá darse en los tribunales de Madrid.
Qué es lo que ocurrido hasta ahora? Los militares indiciados no han sido detenidos por las autoridades correspondientes, como debería ser; no aparecen a la orden de ningún juez, como debería ser; y la Fuerza Armada aparece impidiendo la detención. Esto significa que la CSJ no tiene nada sobre qué pronunciarse porque resulta que no hay nadie detenido. Solo en los casos de la justicia militar, las instalaciones de la Fuerza Armada pueden ser lugares de detención, y en ninguna otra circunstancia. A menos que se establezca que en todo caso de petición de extradición, los perseguidos serán detenidos en instalaciones militares, sean o no militares de profesión. Pero esta legislación no existe. Aquí estamos frente al más puro autoritarismo, porque ningún poder en el país ha sido capaz de detener a ningún militar requerido internacionalmente. Esta es la misma escuela de impunidad que sigue vigente, vigorosa y triunfante. Mientras esto ocurre, la Presidencia de la República guarda silencio y la CSJ se estremece telúricamente ante la decisión que tendrá que tomar una vez reciba la petición de extradición.
Lo más seguro es que se niegue la extradición, pero este capítulo ya nos ha dejado un reguero de luces, y a partir de este momento no se puede seguir hablando o pensando de nuevas democracias o nuevos momentos, sino de una transición, en donde lo antiguo está derrotando a lo nuevo, porque lo antiguo no ha desaparecido y lo nuevo no ha aparecido. El régimen político, que es la manera cómo funciona el sistema, sigue siendo autoritario e impune.