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Costa Rica

Tribunal ordena al Estado devolver tierras a indígenas

Fuentes: Servindi

El Tribunal Contencioso Administrativo dictó el pasado lunes una sentencia que permitirá a los indígenas bribri de Keköldi, en la reserva de Talamanca, provincia de Limón, recuperar 4.500 hectáreas de territorio que ocupaban personas no aborígenes. La resolución ordena además al Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) y a la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas (Conai) […]

El Tribunal Contencioso Administrativo dictó el pasado lunes una sentencia que permitirá a los indígenas bribri de Keköldi, en la reserva de Talamanca, provincia de Limón, recuperar 4.500 hectáreas de territorio que ocupaban personas no aborígenes.

La resolución ordena además al Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) y a la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas (Conai) efectuar los estudios y trámites necesarios para reubicar a la población no indígena que vive en la reserva.

Asimismo el Tribunal señaló omisiones por parte de ambas instituciones. La devolución a sus territorios se hace en cumplimiento de la Ley Indígena de 1977, según la cual «los estudios y trámites de expropiación e indemnización serán efectuados por el ITCO (hoy conocido como el IDA) en coordinación con la Conai».

Sin embargo, la resolución eximió de toda responsabilidad al Estado, el cual también había sido demandado por la Asociación de Desarrollo Indígena del territorio Keköldi.

Los jueces consideraron que el Estado no estaba en capacidad de pagar las expropiaciones, por no contar con los estudios requeridos.

«El Poder Ejecutivo no podría sustituir potestades o competencias de otros entes y tampoco podría hacerse responsable por el incumplimiento de estos», señaló la presidenta del Tribunal, Cynthia Abarca Gómez.

La magistrada Abarca Gómez además se remitió a convenios internacionales: «la obligación de recuperar terrenos en territorios indígenas que no estén siendo ocupados por personas indígenas viene impuesta por convenios internacionales como el 169 (de la OIT)».

No obstante, insistió en que «el Poder Ejecutivo, como cabeza del Gobierno, debe adoptar las medidas necesarias para organizar al pueblo indígena de Keköldi».

La reserva Keköldi, que fue creada por decreto presidencial en 1977, sufrió modificaciones en 1997 y 2001.

Fallo histórico

Danilo Chaverri, el abogado de los indígenas en el juicio, afirmó que la sentencia es histórica puesto que «es la primera vez que los indígenas demandan al Estado y por consiguiente nunca los indígenas habían tenido un fallo en ese sentido».

Añadió que para los indígenas «las tierras tienen un significado especial» porque muchos de los lugares son considerados sagrados.

Asimismo dijo que durante décadas el Estado ha incumplido con la Ley Indígena, por lo que este caso es un «antecedente positivo» para las demandas que puedan surgir en el futuro.

Por otra parte, el abogado lamentó que la sentencia diga que el Estado no ha incumplido, cuando hay un convenio internacional que lo obliga a entregar las tierras ancestrales a los indígenas.

Las instituciones estatales tienen el plazo de un mes para determinar quienes serán sujetos de expropiaciones para determinar su valor y comprarlas en un plazo de seis meses.

En las tierras que ahora serán devueltas legítimamente a los Keköldi viven cerca de 300 personas no indígenas que serán reubicadas.

Fuente: http://servindi.org/actualidad/51509