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La Defensoría de los Habitantes de Costa Rica no tiene registro de denuncias por discriminación laboral a personas con VIH

El país de las sonrisas no discrimina

Fuentes: Revista Amauta

En el «país más feliz del mundo», no se registran denuncias por discriminación laboral por parte de las personas con VIH o sida. El Ministerio de Trabajo no sabe del tema, la Defensoría de los Habitantes no ha recibido ni una sola notificación, a los Tribunales han llegado contados casos. Deberíamos sentirnos orgullosos, ¿o no? […]

En el «país más feliz del mundo», no se registran denuncias por discriminación laboral por parte de las personas con VIH o sida. El Ministerio de Trabajo no sabe del tema, la Defensoría de los Habitantes no ha recibido ni una sola notificación, a los Tribunales han llegado contados casos. Deberíamos sentirnos orgullosos, ¿o no?

Si se analiza el panorama epidemiológico de Costa Rica se puede encontrar un hecho preocupante de primera entrada: los datos que brinda el Ministerio de Salud son muy distintos a los emitidos por organismos internacionales especializados en el tema.

Según el Ministerio, en el país entre el 2002 y el 2009 se registraron 2093 casos de VIH y 1720 casos de sida , un número muy inferior al aportado por ONUSIDA (organismo de las Naciones Unidas dedicado al tema), que para el 2010 estimó que el número puede ascender a los 9,800 casos (el dato podría oscilar entre 7,500 y 13,000 personas).

«No hay datos estadísticos confiables que demuestren el comportamiento epidemiológico del VIH y no estamos hablando solamente de las formas de infección, sino estamos hablando también de áreas como la laboral, porque la situación del VIH es multifactorial y multidimensional. Por esta misma situación es que existen subregistros», opina Mario Rojas, funcionario de la organización no gubernamental (ONG) Hogar de la Esperanza, que trabaja con personas con el virus de inmunodeficiencia humana (VIH) en alto riesgo social.

Si no hay datos sobre cuántas personas conviven con el virus mucho menor es la posibilidad de saber cuál es su situación laboral. En toda violación a la ley o a derechos fundamentales la cantidad de denuncias que se presentan es menor a la cantidad de infracciones que se cometen y el caso de la situación laboral de las personas con VIH no es para nada una excepción.

Así lo refleja un estudio del Programa Global de VIH/SIDA del Banco Mundial del 2006 donde indica que en el país se practican acciones prohibidas por ley como pedir prueba para detectar el virus antes de una contratación; preguntas relacionadas con el estado serológico respecto al VIH/SIDA y/o el «modo de vida» en los formularios o durante la entrevista de reclutamiento; así como despido o cambio(s) en las condiciones de empleo, entre otras. Un hecho curioso es que en todos estos casos el informe reza que «a pesar de que se observó que existía evidencia no se hizo referencia a ningún caso en específico» (Ver gráfico «Hallazgos y evidencias provenientes de la encuesta sobre discriminación«).

Y ese parece ser el patrón en el país: se sabe que estas cosas ocurren, pero no hay registro de ellas. ¿Por qué no se denuncia la discriminación laboral hacia personas con VIH?

Voces en silencio

Tanto Carlos Valerio de la Defensoría de los Habitantes como Hommer Montero de la Asociación de Personas que Viven con VIH/sida (Asovih/sida) concuerdan en que las principales razones por las que una persona que convive con el virus puede sufrir discriminación laboral (que puede llegar al punto del despido) radican en el desconocimiento del tema; en el temor de que se produzcan infecciones; o en la posibilidad de que los problemas de salud reduzcan el rendimiento del empleado con VIH.

Generalmente estos despidos se disfrazan con motivos ajenos al virus. Tal fue el caso de Edgar, una persona con VIH que recibe ayuda del Hogar de la Esperanza (el nombre real del sujeto no será mencionado por cuestiones de confidencialidad), quien fue despedido de DEMASA (Derivados de Maiz Alimenticios), poco después de que el médico de la empresa alertara sobre su situación.

«A mí me la cuadraron bonito», dice Edgar. «En esos días empezó ente comillas un recorte de personal, donde habían casi 500 personas solo echaron como a tres(…), entre ellas me fui yo».

Eso se dio en 1997, sin embargo, no significa que los casos ya no se den. En 2009 una persona con VIH debió recurrir a la Sala Constitucional, pues en el Centro Nacional de Rehabilitación (CENARE) estaban pidiendo la prueba del VIH, entre otras, como requisito para solicitar empleo. La Sala falló a favor del recurrente en la resolución 1874-10. La sentencia ordena al Director General del Centro Nacional de Rehabilitación (CENARE), «no hacer pruebas de VIH para detección del Sida a los aspirantes a puestos laborales de esa Institución, aunque sean voluntarias». Este fue un caso muy sonado el cual tiende a ser citado por las personas que luchan por estos derechos.

El principal amparo de estos trabajadores es el artículo 10 de la Ley General sobre el VIH/sida (7771) de 1998, que dice que «Ningún patrono, público o privado, nacional o extranjero, podrá, por sí mismo ni mediante otra persona, solicitar dictámenes ni certificaciones médicas a los trabajadores sobre la portación del VIH para obtener un puesto laboral o conservarlo. El empleado no estará obligado a informar a su patrono ni compañeros de trabajo acerca de su estado de infección por el VIH». Además el artículo 8 de la misma ley establece que la confidencialidad es un derecho fundamental de estas personas.

Sin embargo, pocos son quienes se atreven a presentar denuncias. En primer lugar, el demandante debe comprobar que fue despedido por su condición, pero como se mencionó, generalmente las razones para darlos de baja se encubren, lo cual, según Carlos Valerio, es casi imposible de demostrar. Sumado esto se presenta el riesgo a ser expuesto públicamente y perder la confidencialidad, lo que puede provocar discriminación.

Muchas firmas, pocos actos

Por tradición los gobiernos costarricenses se han esmerado en participar de los acuerdos internacionales que se gestan en materia de Derechos Humanos, entre ellos los que contemplan la situación de las personas con VIH. De la misma forma, se han implementado en la legislación nacional ciertos estatutos para velar por la defensa de las personas con esta condición como lo es la Ley 7771. La pregunta es ¿qué tanto pasa el Estado estas disposiciones del papel a la vida real? (Ver recuado «Derechos Humanos de Colección»).

Contrario a lo que se podría esperar de un país que se declara a la vanguardia en la defensa de los Derechos Humanos, en Costa Rica los registros de la situación de estas personas son casi nulos, de ahí que la atención integral para ellos camine por un trillo espinoso. En un informe efectuado por el Ministerio de Salud y el ONUSIDA en el 2009, se propuso que el Sistema de Vigilancia del VIH (SINVIH) proporcionara «información oportuna y actualizada» de manera que para el 2010 las clínicas públicas y laboratorios que efectúan tamizaje actualizaran directamente el registro.

A pesar de esta propuesta, a la fecha los distintos representantes de las organizaciones pro calidad de vida de las personas con VIH reiteran uno tras otro que en el país existe un subregistro de estos casos. El enfoque del tratamiento y prevención del VIH del Ministerio de Salud se orienta a la detección de estos casos en mujeres embarazadas y en sus hijos, cuando según Manuel Abarca del CIPAC (Centro de Investigación y Promoción para América Central de Derechos Humanos) el porcentaje mayoritario de personas con esta condición (73%) es representado por los hombres entre los 20 y 45 años, edad de mayor rendimiento laboral.

En el país más feliz del mundo (según el informe de felicidad realizado por la organización británica The New Foundation), las personas con VIH no pueden acceder a un seguro de vida del Instituto Nacional de Seguros, son recurrentemente despedidos de sus empleos por supuestos «recortes de personal» y no pueden forman parte del Ministerio de Seguridad Pública, sólo por mencionar algunos ejemplos de la discriminación a la que se enfrentan.

Lo más lamentable es que la violación a los derechos laborales de las personas con VIH no se limita al sector privado sino que las mismas instituciones del Estado que promulga las leyes son también las que las incumplen.

En Costa Rica se colecciona reconocimientos de defensa de la Paz, de los Derechos Humanos y también de la felicidad. Pero en el país más feliz del mundo para las personas con VIH las sonrisas no son tan accesibles, los trabajos dignos tampoco.

Fuente original: http://revista-amauta.org/2011/12/costa-rica-el-pais-de-las-sonrisas-no-discrimina/