El Decreto Legislativo N° 1333 publicado en enero del 2017, dentro de las facultades otorgadas por el Poder Legislativo al Poder Ejecutivo finalmente fue derogado por el pleno del Congreso. Este decreto creaba un Proyecto Especial para el Acceso a Predios para la Inversión Priorizada (APIP), una nueva función que se pretendía dar a la […]
El Decreto Legislativo N° 1333 publicado en enero del 2017, dentro de las facultades otorgadas por el Poder Legislativo al Poder Ejecutivo finalmente fue derogado por el pleno del Congreso. Este decreto creaba un Proyecto Especial para el Acceso a Predios para la Inversión Priorizada (APIP), una nueva función que se pretendía dar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN) adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). La norma en concreto creaba una vía rápida para sanear física y legalmente todos las tierras que la inversión priorizada precise para sus proyectos, no importaba si esas tierras eran urbanas o rurales, público o privadas, formales o informales, de lo que se trataba era de ordenar el territorio nacional bajo el criterio de la gran inversión.
El MEF no contó con que los decretos legislativos aprobados y publicados podían ser revisados por el Congreso de la República de acuerdo al artículo 90 de su reglamento, donde se menciona que debe haber un control sobre la legislación delegada y si el decreto contraviene la Constitución o excede el marco de la delegación de facultades; la Comisión de Constitución está facultada para recomendar la derogación. Eso fue lo que paso, la Comisión de Constitución y Reglamento, presidida por el congresista Miguel Torres recomendó su derogación, siendo ratificada por el pleno del congreso con 82 votos a favor de la derogatoria.
Para llegar a ese resultado, las organizaciones indígenas reunidas en el Pacto de Unidad de Pueblos Indígenas que aglutina a seis organizaciones como la Confederación Nacional Agraria (CNA), la Confederación Campesina del Perú (CCP), la Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú (ONAMIAP), la Central de Rondas Campesinas (CUNARC), Unión Nacional de Comunidades Aymaras (UNCA) y la FENMUCARINAP, conjuntamente con la principal organización de la Amazonia AIDESEP; realizaron una labor incansable para que los congresistas tomen conocimiento y consciencia sobre los derechos que iba a vulnerar el referido decreto. Todo esto, bajo un ambiente de crispación política con respecto a las críticas lanzadas por parte del Poder Ejecutivo al Poder Legislativo específicamente a la bancada de Fuerza Popular (FP), acusándola de obstruccionista.
Bajo ese contexto el golpe de la mayoría fujimorista en este caso fue implacable, no precisamente porque les interese la defensa de derechos territoriales de los pueblos indígenas; sino porque este decreto era muy importante para el MEF, que salió a defenderlo de manera desesperada. Alegando que fue elaborado en miras de «mejorar» la reestructuración de PROINVERSIÓN, puesto que se considera una de las mayores trabas a la gran inversión el proceso de identificación, saneamiento y tasación de los predios necesarios para los proyectos, donde según el MEF aproximadamente el 61% de inversión, alrededor de US$ 47.810 millones de un total de US$ 78.946 millones comprometidos en proyectos de inversión priorizados están pendientes de ejecución por falta de saneamiento de los predios.
Lamentablemente el MEF pretende ignorar que el caos y desorden territorial que existe en el territorio nacional es responsabilidad de la inacción del mismo Estado que integra. Estado que hace veintisiete años viene promoviendo normas para que el mercado se encargue de resolver la situación. Siendo una de las consecuencias la conflictividad social que principalmente es territorial. Este proyecto iba a agravar la situación sabiendo que el D.L. N° 1333 solo beneficiará a las grandes inversiones, creándoles procedimientos ad hoc y trámites exprés para sanear tierras únicamente para la inversión que se priorice.
El decreto fue derogado gracias a la bancada mayoritaria de Fuerza Popular, en este caso beneficio a las miles de comunidades nativas y campesinas, como a millones de pequeños agricultores; sin embargo en ese paquete promovido por el actual gobierno también se acordó por mayoría eliminar términos como «identidad de género», «enfoque de género» u «orientación sexual» de los Decretos Legislativos N° 1266, N° 1267 y N° 1348; acción que perjudica y vulnera derechos de miles de mujeres y personas L.G.T.B.I.
Con la derogatoria del D.L. N° 1333, el mensaje del legislativo, controlado en la práctica por Fuerza Popular, va en tres direcciones: Por un lado demuestra su poder al actual gobierno; por otro le dice a los inversionistas que ellos tiene la «llave» normativa y que si quieren promover alguna norma el canal es FP y finalmente el mensaje se dirige (siempre y cuando convenga al cálculo político de FS) a defender los derechos de la mayoría de la población que sean afectados por esta clase de normas. Con respecto a la eliminación del «enfoque de género»; FP nos muestra que el fujimorismo tiene un núcleo duro que es innegociable.
La pregunta es: ¿hasta cuándo podrá ser sostenible esta estrategia? Quizás la respuesta este en una contra-estrategia de otras bancadas, que lamentablemente hasta ahora no se ve; o mejor aún la respuesta debería estar en las calles con muchos movimientos sociales urbanos y rurales activos y pendientes de hacer respetar sus derechos.
Luis Hallazi es abogado y politólogo, especialista en derechos humanos.
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