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México solicitó a la Corte Internacional de Justicia de La Haya que Ecuador sea suspendido de la ONU

El Ecuador de Daniel Noboa podría derivar en un Estado paria

Fuentes: Rebelión

Crisis diplomática Ecuador-México

Con nocturnidad y alevosía, en una operación típica de un Estado canalla (rogue state) −aunque sorprendente por tratarse de una república bananera−, el viernes 5 de abril el régimen oligárquico y autoritario de Daniel Noboa asaltó de manera violenta la embajada de México en Quito y secuestró al ex vicepresidente ecuatoriano Jorge Glas, un par de horas después de que la Cancillería mexicana le concediera asilo político y solicitara el salvoconducto para que abandonara el país.

Con la irrupción de comandos de élite policiales y militares fuertemente armados a la sede mexicana, Ecuador violó de manera flagrante la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (1961), la Convención sobre Derechos y Deberes de los Estados (Montevideo, 1933) y la Convención sobre Asilo Diplomático (Caracas, 1954), además de la soberanía de México, a lo que se sumó la agresión física contra el encargado de negocios de la representación diplomática, Roberto Canseco, quien había asumido la jefatura de la misión tras la declaración de persona non grata de la embajadora mexicana Raquel Serur Smekerur. Canseco fue sometido y golpeado por elementos de las fuerzas especiales ecuatorianas cuando trataba de impedir la violación de la embajada (territorio soberano de México) y se le mantuvo incomunicado de manera ilegal. Esa misma noche el gobierno de Andrés Manuel López Obrador rompió relaciones diplomáticas con el régimen de Noboa y la canciller Alicia Bárcena anunció que México recurrirá a la Corte Internacional de Justicia de La Haya para denunciar “la responsabilidad de Ecuador por violaciones al derecho internacional”.

De acuerdo con el artículo 22 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, los locales de misión son inviolables y los agentes del Estado receptor (en este caso Ecuador) no pueden penetrar en ellos sin consentimiento del jefe de misión. Además, el Estado receptor tiene la obligación especial de adoptar todas las medidas adecuadas para proteger los locales de la misión contra toda intrusión o daño y evitar que se turbe la tranquilidad de la misión o se atente contra su dignidad. Asimismo, estipula que los locales de la misión, su mobiliario y demás bienes situados en ellos, así como los medios de transporte de la misión, no podrán ser objeto de ningún registro, requisa, embargo o medida de ejecución. A su vez, el artículo 29 reza: “La persona del agente diplomático es inviolable. No puede ser objeto de ninguna forma de detención o arresto. El Estado receptor le tratará con el debido respeto y adoptará todas las medidas adecuadas para impedir cualquier atentado contra su persona, su libertad o su dignidad”.

Queda claro, pues, que el régimen de Noboa violó varios puntos del artículo 22 de la Convención de Viena, en particular la inmunidad diplomática y la inviolabilidad territorial. A su vez, el derecho de asilo es una figura jurídica que garantiza la protección a aquellas personas que sufren persecución política en su país de origen y cuya vida se encuentra en peligro. Y como señala una resolución de la Corte Interamericana (OC-25-18), “corresponde al Estado asilante la calificación de la naturaleza del delito o de los motivos de la persecución”. Asimismo, en su párrafo 106, la Corte añade que, bajo ningún concepto, ante una situación de asilo diplomático, el Estado receptor puede acceder a la misión diplomática del Estado asilante para detener al asilado.

Asimismo, de acuerdo con otras disposiciones del derecho internacional, incluidas las de la Organización de Estados Americanos (OEA), el Estado ecuatoriano tenía la obligación de no invocar normas del derecho interno para justificar el incumplimiento de sus obligaciones internacionales. No obstante, ya sea por ignorancia supina o desprecio al derecho y las leyes internacionales, el 6 de abril la Presidencia de Ecuador declaró que “ningún delincuente puede ser considerado un perseguido político. Jorge Glas ha sido condenado con sentencia ejecutoria y contaba con disposición de captura emitida por las autoridades competentes”. La Cancillería ecuatoriana argumentó, además, que la concesión de asilo diplomático a Glas constituiría un “acto ilícito” de México, que apoyaba una evasión de la justicia del Estado y promovía la impunidad. Y no deja de resultar insólito, que la ministra del Exterior ecuatoriana, la empresaria Gabriela Sommerfeld, afirmara que la decisión del presidente Noboa fue tomada “ante un riesgo real de fuga inminente del ciudadano requerido por la justicia, en ejercicio de nuestra soberanía”, y que de manera poco lógica con su encargo, agregara que Ecuador ya había “agotado el diálogo diplomático con México”.

En rigor, Jorge Glas, quien tras ser sustraído ilegalmente de la misión mexicana en Quito fue recluido en el centro penitenciario de máxima seguridad La Roca, en Guayaquil (desde donde el lunes 8 de abril debió ser trasladado al Hospital Naval de esa urbe por un intento de suicidio y quien tras devuelto al nosocomio se encuentra en huelga de hambre según declaró el ex presidente Rafael Correa), es considerado uno de los símbolos del lawfare (guerra jurídica) en Ecuador. Glas, quien ejerció la vicepresidencia de Ecuador entre mayo de 2013 y enero de 2018 —durante los mandatos de Correa y Lenin Moreno−, recibió de forma temporal el beneficio de la prelibertad el 28 de noviembre de 2022, luego de la unificación de dos penas de cárcel de seis y ocho años; sin embargo, la medida fue revocada. El 13 de diciembre de 2023 Glas ingresó a la embajada de México, declarándose perseguido político, y a inicios de 2024, la fiscal general Diana Salazar ordenó la captura del ex funcionario por presunto peculado en el caso denominado Reconstrucción de Manabí, que investiga una supuesta malversación en obras públicas tras el terremoto de 2016.

Casos de violaciones a la Convención de Viena

Como antecedentes del caso, cabe citar un hecho similar ocurrido en Uruguay durante la dictadura cívico-militar. El 28 de junio de 1976, la policía uruguaya asaltó la embajada de Venezuela en Montevideo, para secuestrar a la maestra Elena Quinteros, militante del Partido por la Victoria del Pueblo (PVP), quien buscaba refugio en esa misión diplomática. Quinteros había sido detenida el 24 de junio de ese año en Montevideo y llevada a un centro de torturas, donde cuatro días después logró convencer a sus captores que tenía un “contacto” con un compañero al que les entregaría, señalando un lugar cercano a embajada venezolana. La mañana del 28 de junio, un comando militar la llevó al lugar y le ordenó que caminara hacia el supuesto contacto, mientras era vigilada. Quinteros, corrió y logró trepar el muro que daba a los jardines de la embajada; no obstante, los militares fueron tras ella y lograron capturarla dentro del recinto. El consejero y el secretario de la misión diplomática trataron de impedir el secuestro, pero los represores los golpearon, arrastraron a la mujer hacia afuera y se la llevaron en un vehículo militar. La maestra habría sido trasladada después al centro de torturas clandestino conocido como ‘300 Carlos’, donde continuó siendo torturada, y según el Informe Final de la Comisión para la Paz de abril del 2003, habría sido ejecutada en los primeros días de noviembre de 1976. Hasta ahora su cuerpo continúa desaparecido. El entonces presidente de Venezuela, Carlos Andrés Pérez, rompió relaciones diplomáticas con Uruguay el 5 de julio de 1976, que se restablecieron en 1985, con el regreso de la democracia formal a Uruguay.

Otro caso de violación flagrante de los artículos 22 y 29 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, ocurrió en Guatemala el 31 de enero de 1980, durante la dictadura del general Romeo Lucas García. Ese día, tras la ocupación de la sede diplomática por una treintena de campesinos indígenas del Quiché, acompañados de líderes universitarios, para denunciar la política de “tierra arrasada” de los militares y solicitar la intervención de España en los sucesos que ocurrían en el noroccidente del país, la policía invadió la embajada y se produjo un incendio a raíz del cual resultaron quemadas vivas 37 personas. Sólo se salvaron el embajador español Máximo Cajal y un campesino.

Otro caso ocurrió el 16 de mayo de 2019, cuando la policía metropolitana de Washington invadió la embajada de Venezuela en Estados Unidos y detuvo de manera forzada a cuatro activistas del Colectivo de Protección, que se encontraba dentro de la sede diplomática desde el 24 de abril anterior con autorización del gobierno de Nicolás Maduro, después de que ambos países rompieran relaciones. Ya antes, en violación también de la Convención de Viena, la policía neoyorquina había tomado por la fuerza el edificio consular de Venezuela en Nueva York y el edificio diplomático de la Agregaduría Militar en Washington. El objetivo del entonces secretario de Estado de Donald Trump, Mike Pompeo, fue entregar esas sedes diplomáticas al representante del “gobierno paralelo” de Juan Guaidó en Washington, Carlos Vecchio, en violación del artículo 35 de la Convención de Viena: “El Estado receptor está obligado a respetar y proteger los locales de la misión, y el Estado acreditante podrá confiar la custodia del mismo a un tercer Estado aceptable para el Estado receptor”.

Un caso inédito grave, que constituyó otra clara violación del derecho internacional y el incumplimiento de las convenciones de Viena, fue el ataque aéreo israelí a la misión consular de Irán en Damasco, capital de Siria, el pasado1 de abril, con saldo de 11 personas muertas, entre ellas, dos generales iraníes especialistas en la lucha contra el terrorismo, que gozaban de inmunidad diplomática y asistían a un programa iftar (comida nocturna con la que se rompe el ayuno diario) durante el mes islámico de Ramadán. Con la certeza de que permanecerá impune, el régimen sionista de Benjamín Netanyahu cruzó otra peligrosa línea roja al atacar el territorio de un Estado vecino, con el cual, además, Israel no está en guerra, y arrasar un edificio que estaba bajo inmunidad diplomática y consular. No obstante, sus propiedades y ciudadanos podrían ser atacados, no sólo en Israel, sino también en terceros países, como resultado de una posible represalia iraní.

Según recuerda Noam Chomsky, como muchos otros conceptos del discurso político hegemónico, el término “Estado canalla” (rogue state) tiene dos usos: uno propagandístico, aplicado a determinados enemigos de Washington (como la ex Yugoslavia, Irak, Libia, Cuba, Corea del Norte o Venezuela), y un uso literal que se aplica a Estados que no se consideran obligados a actuar de acuerdo con las normas del derecho internacional codificadas en la Carta de las Naciones Unidas, el Tribunal Internacional de Justicia y diversos convenios y tratados, como Estados Unidos e Israel, que históricamente han argumentado cínicamente sus atrocidades bajo subterfugios como la “defensa propia” y la “seguridad nacional”.

Noboa y el efecto Damasco

En la coyuntura, tal vez impulsado por el “efecto Damasco” y bajo la excusa de que “Ecuador enfrenta un conflicto armado no internacional” cuyas repercusiones “en la democracia y la paz ciudadana, solo serán incrementales de continuarse o condonarse actos que interfieren con el Estado de derecho, la soberanía nacional o de injerencia (externa) en asuntos internos del país”, el régimen militarizado de Daniel Noboa acaba de sumarse al bando de las “naciones fuera de la ley” (rogue state), pero a diferencia de Estados Unidos e Israel −que cada quien en su dimensión son piezas esenciales del actual sistema de dominación capitalista, “el mundo basado en (sus) reglas” y los rejuegos geopolíticos−, podría convertirse en un Estado paria, dada su condición de república bananera.

Ello, a pesar de la subordinación acelerada del gobierno de Noboa a los designios de la Casa Blanca y el Comando Sur del Pentágono, y los intereses geopolíticos del imperio, que apoyaron su candidatura como parte de un proceso de restauración neoliberal conservadora subregional, que incluye el desmontaje de todo lo público-estatal y la destrucción de la soberanía nacional, y entre cuyos principales objetivos está evitar el regreso de un gobierno de corte socialista en Ecuador y arrasar con las nociones ancestrales, biocéntricas y antisistémicas del Buen Vivir, que dieron vida al nuevo Estado plurinacional de comienzos del siglo XXI impulsado por la Revolución Ciudadana de Rafael Correa.

Integrante del Grupo Noboa, que ocupa el puesto 19 entre 295 conglomerados económicos del Ecuador, con activos de USD mil 355 millones y compuesto por 156 empresas (encabezadas por Noboa Trading Co [la exportadora de banano], El Café, Industrial Molinera, Ferpacific, Generali Ecuador Compañía de Seguros, Industria Cartonera Ecuatoriana además de flotas refrigeradas, bancos, concesionarias de autos y de chocolate), el presidente Daniel Noboa Azin (Miami, Florida, EU, 1987), quien llegó a la silla de Carondelet el 23 de noviembre de 2023, es heredero de una de las fortunas más grandes del país, iniciada por su abuelo, el patriarca Luis Noboa Naranjo −mediante un proceso de acumulación por desposesión como casi todas las grandes fortunas− con la Bananera Noboa S.A en 1947 e Industrial Molinera en 1976; la primera dedicada a la exportación de banano en alianza con las empresas estadunidenses Standard Fruit y United Fruit Company de los hermanos Dulles, y la segunda al abastecimiento de harina y avena con licencia de Quaker, líder del mercado de avena en Ecuador.

. Hijo del magnate del banano, Álvaro Noboa (quien intentó ser presidente en cinco oportunidades sin lograrlo) y sobrino de Isabel Noboa, líder del holding Nobis, con inversiones en sectores como la agroindustria, consumo masivo, minería, hotelería, centros comerciales, inmobiliario y otros, y que posee una de las zonas francas más importantes del país: el puerto de Posorja, el presidente Daniel Noboa, de 37 años, creció en el seno de un clan familiar que se benefició de la captura corporativa del Estado (las llamadas puertas giratorias) y desde su llegada al poder, hace casi cinco meses, imprimió su sello de clase, oligárquico, autoritario, punitivista; se inventó una guerra contra grupos de la llamada delincuencia organizada y declaró al Ecuador en “conflicto armado interno”, como vía para iniciar una tercera ola de profundización neoliberal. Es decir, utilizando políticamente el estado de excepción como mecanismo de concentración de poder en un contexto de crisis generalizada: política, económica, migratoria, del sistema carcelario, del sector salud, y la más importante, una crisis en la hegemonía de la ideología liberal. Como dijo la asambleísta ecuatoriana Mónica Palacios, del partido opositor Revolución Ciudadana, “Daniel Noboa es un niño rico malcriado con banda presidencial, que piensa que Ecuador es una de sus haciendas y puede hacer lo que le da la gana”.

Monitoreado de cerca por la jefa del Comando Sur, generala Laura Richardson; el asesor presidencial especial para las Américas de la administración Biden, Christopher Dodd, y el subsecretario adjunto de la Oficina de Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la Ley, Christopher Landberg, así como por el injerencista embajador de EU en Quito, Michael Fitzpatric, in situ, la deriva del régimen de Noboa podría llevar a Ecuador hacia un protectorado estadunidense de nuevo tipo, mientras se permite la reconstitución del bloque de poder burgués a nivel político-empresarial.

La OEA condena la invasión a la embajada

El 10 de abril, 29 países miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) aprobaron una resolución que condena la intrusión de Ecuador contra la Embajada de México en Quito, así como las agresiones y vejaciones que sufrió su personal diplomático tras el asalto con fusiles de asalto de las fuerzas ecuatorianas. El único voto en contra fue de Ecuador y El Salvador se abstuvo. México no participó. La resolución condenó “enérgicamente la intrusión de la Policía Ecuatoriana en la Embajada de México en violación de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, y la Institución del Asilo Diplomático”.

En medio de la crisis político-diplomática por él desatada, ese día el presidente Daniel Noboa informó a la Asamblea Nacional de su país, que “por motivos personales” viajaría a su ciudad natal, Miami, Estados Unidos, hasta el 13 de abril. El violento arresto del ex vicepresidente Jorge Glas, le costó a la fuerza política de Noboa perder la mayoría en la Asamblea Nacional; los 51 asambleístas del partido Revolución Ciudadana (RC), cuyo liderazgo ejerce desde su exilio en Bélgica Rafael Correa, pasaron a la oposición. A su vez, sobe los motivos que tuvo Noboa para ordenar el asalto, se fortalece la teoría de que responden a una razón política de corte populista, de cara a la consulta popular del próximo domingo 21 de abril. El evento será una especie de “plebiscito para medir su popularidad” (en declive), a menos de cinco meses de haber asumido la Presidencia, con la mira puesta en una eventual reelección en febrero de 2025.

El 11 de abril, en un enérgico documento, México solicitó a la Corte Internacional de Justicia de La Haya, que Ecuador sea suspendido de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en tanto el gobierno de Noboa no exprese una disculpa pública por la violenta agresión a la embajada mexicana en Quito. Según explicó la canciller de México, Alicia Bárcena, la proclama exige al gobierno de Ecuador que reconozca que violó los principios y normas fundamentales del derecho internacional, con la finalidad de garantizar la reparación del daño moral infligido al Estado mexicano y a sus nacionales. Y en una referencia implícita a las tenues y confusas posturas iniciales de Estados Unidos y Canadá, pide, también, que el sistema multilateral condene y sancione sin ambigüedades las graves violaciones y se evite un precedente de impunidad; en ese sentido, solicitó a La Haya establecer la expulsión definitiva de cualquier país para actos similares. Al respecto, como dijo en una declaración el presidente López Obrador, “lo que se busca es que no se repita un hecho deleznable como el que padeció México”.

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.