La ley sobre naturalización aprobada recientemente en la República Dominicana es un paso largo tiempo esperado en la dirección correcta, pero el camino para conseguir la plena restauración de la nacionalidad dominicana de todas las personas que han sido privadas arbitrariamente de ella podría ser largo y estar lleno de obstáculos si el gobierno no […]
La ley sobre naturalización aprobada recientemente en la República Dominicana es un paso largo tiempo esperado en la dirección correcta, pero el camino para conseguir la plena restauración de la nacionalidad dominicana de todas las personas que han sido privadas arbitrariamente de ella podría ser largo y estar lleno de obstáculos si el gobierno no aborda de forma integral este crítico problema de derechos humanos. Así lo ha manifestado Amnistía Internacional hoy en una carta abierta (http://ow.ly/xvTKO) enviada al presidente Danilo Medina.
La controvertida política de desnacionalización del país llegó a su punto culminante en septiembre de 2013 cuando el Tribunal Constitucional determinó que los hijos dominicanos de migrantes en situación irregular nacidos en la República Dominicana entre 1929 y 2010 nunca habían tenido derecho a la nacionalidad dominicana y debían ser privados de ella.
«Esta reciente ley debe ser bienvenida como un intento por parte de las autoridades dominicanas de resolver el dramático problema que crearon con sus políticas discriminatorias, que afectó a miles de personas -la inmensa mayoría, dominicanos de origen haitiano- cuyas vidas han estado en suspenso durante años. Pero se trata sólo de un primer paso, ya que deja a muchas personas atrapadas en un limbo jurídico y privadas del disfrute de sus derechos humanos», ha declarado Erika Guevara Rosas, directora del Programa para América de Amnistía Internacional.
La ley sobre naturalización (Ley núm. 169-14) establece dos categorías: las personas que en algún momento fueron inscritas en el registro civil dominicano, y aquéllas cuyo nacimiento nunca fue declarado.
«Es como si las autoridades dominicanas sólo estuvieran viendo la punta del iceberg. La ley es un paso positivo para las personas que fueron inscritas en el registro civil, pero es totalmente inadecuada para el resto. Desgraciadamente, la inmensa mayoría de los dominicanos de ascendencia haitiana pertenece a la segunda categoría, y entre ellos se encuentran las personas más pobres y vulnerables del país.»
Ninguna de las soluciones que aporta la ley dispone el restablecimiento automático de la nacionalidad dominicana, como solicitaba la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Por tanto, las personas afectadas permanecen en situación de apatridia y sin protección estatal alguna hasta que termina su proceso de naturalización.
Incluso las que ya habían sido inscritas en el registro civil no podrán volver a acceder a la nacionalidad dominicana hasta que la Junta Central Electoral lleve a cabo un proceso de regularización.
En el caso de las que nunca fueron inscritas, se enfrentan a un largo y difícil procedimiento legal para reclamar su nacionalidad partiendo de cero, y sólo disponen de 90 días para iniciar el proceso que conduce a su naturalización. Si no pueden poner en marcha este procedimiento o si se detecta que no cumplen los criterios que marca la ley, corren grave peligro de expulsión.
«La expulsión tendría consecuencias catastróficas para las personas nacidas en República Dominicana y que, como sucede en la mayoría de los casos, tienen muy pocos vínculos con el país de origen de sus progenitores.»
A consecuencia de años de arbitrariedad y discriminación contra los dominicanos de origen haitiano, hay familias que sólo pudieron inscribir a algunos de sus hijos en el registro civil.
Por consiguiente, la ley tendrá el paradójico efecto de que, en la misma familia, algunos hijos podrán acceder con más facilidad a la nacionalidad dominicana que otros, que deberán ser inscritos como extranjeros.
«También resulta alarmante que en ambos casos la Junta Central Electoral vaya a tener un papel tan destacado en la aplicación de la ley. Este organismo ha demostrado carecer de la imparcialidad necesaria para llevar a cabo los procesos de regularización y naturalización de forma justa y ecuánime», ha dicho Erika Guevara Rosas.
Esto resulta aún más preocupante debido a que la complejidad y las ambigüedades de la ley dan vía libre a injusticias tales como su aplicación discrecional y discriminatoria.
«Las autoridades dominicanas deben garantizar el debido proceso y el derecho a una revisión judicial en todos los casos de privación de la nacionalidad. También deben crear una comisión de vigilancia, con representantes de organizaciones de la sociedad civil, para garantizar la aplicación plena y justa de la ley. Si las autoridades dominicanas buscan en serio una solución, deben garantizar que la arbitrariedad y la discriminación ya no van a ser la norma cuando los dominicanos de ascendencia haitiana traten de acceder a sus derechos.»
Amnistía Internacional seguirá vigilando la manera en que se aplica esta ley y continuará haciendo campaña para asegurarse de que la República Dominicana respeta plenamente sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, especialmente en lo que se refiere a la lucha contra la discriminación por motivos de raza, origen o cualquier otra condición o identidad.
Información general
El Tribunal Constitucional de la República Dominicana resolvió en septiembre de 2013 que Juliana Deguís, nacida en la República Dominicana en 1984 de padres haitianos, había sido inscrita erróneamente como dominicana al nacer. Según la interpretación del Tribunal, como sus padres no pudieron demostrar su condición de inmigrantes regulares en la República Dominicana, a Juliana no se le debía haber concedido la nacionalidad dominicana.
Esta sentencia supuso dejarla, a ella y a otros miles de personas -la inmensa mayoría dominicanos de ascendencia haitiana-, en situación de apatridia.
La sentencia del Tribunal Constitucional es la más reciente de una serie de decisiones administrativas, legislativas y judiciales que, desde principios de la década del 2000, han privado retroactivamente de su nacionalidad dominicana a personas dominicanas de ascendencia haitiana.
Desde 2007, la Junta Central Electoral se ha negado a expedir o renovar documentos de identidad a dominicanos de ascendencia haitiana cuyos padres no pudieran demostrar su condición de migrantes regulares en el país.
La denegación de documentos de identidad ha tenido efectos devastadores para los dominicanos de ascendencia haitiana, que no pueden ejercer sus derechos humanos, incluidos el acceso a la educación, el empleo y los servicios de salud, así como el derecho a casarse y fundar una familia. Además, las personas que no tienen documentos de identidad no pueden inscribir como dominicanos a sus hijos, que en la práctica nacen apátridas.
El número de personas afectadas por la Ley núm. 169-14 no está claro. Un estudio llevado a cabo por la Junta Central Electoral en noviembre de 2013 identificó a 24.392 personas que habían sido «inscritas de forma irregular» entre 1929 y 2007, de las cuales 13.972 eran hijos de nacionales haitianos. Sin embargo, otro estudio realizado en 2012 por la Oficina Nacional de Estadística halló que el número de personas que vivían en la República Dominicana cuyos progenitores eran extranjeros ascendía a 244.151. De ellas, 209.912 eran de ascendencia haitiana (padre y/o madre nacidos en Haití).